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	<title>Cabanillas Real Estate</title>
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	<description>Inmobiliaria en Estepona</description>
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	<title>Cabanillas Real Estate</title>
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		<title>Lo que nadie te explica sobre comprar una casa en España siendo extranjero</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Jul 2026 15:27:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Nadie te cuenta qué cambia si no vives en España, si tu pasaporte no es de un país de la Unión Europea, o si no puedes viajar cada vez que un trámite lo pide. Que un extranjero puede comprar una vivienda en España sin restricciones legales ya lo sabes. Lo que se queda corto en [&#8230;]</p>
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<p>Nadie te cuenta qué cambia si no vives en España, si tu pasaporte no es de un país de la Unión Europea, o si no puedes viajar cada vez que un trámite lo pide. Que un extranjero puede comprar una vivienda en España sin restricciones legales ya lo sabes. Lo que se queda corto en la mayoría de las guías es lo que viene después.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Ya sabes que puedes comprar. Esto es lo que viene después</strong></h2>



<p>El NIE, el pasaporte en vigor, la cuenta bancaria española y la acreditación del origen de los fondos son los requisitos básicos que necesita cualquier extranjero para comprar una vivienda en España. Ya los explicamos con detalle en nuestra guía sobre<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/requisitos-para-comprar-una-casa-siendo-extranjero-25agev/"> requisitos para comprar una casa siendo extranjero</a>, así que si todavía tienes dudas sobre alguno de esos puntos, te conviene empezar por ahí.</p>



<p>Lo que genera más incertidumbre suele aparecer después de esos primeros pasos: qué trámites cambian según tu nacionalidad, cómo comprar si no puedes estar físicamente en España durante todo el proceso, y por qué elegir bien a quién te acompaña puede evitarte más de un problema.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Ser comunitario o no comunitario cambia más trámites de los que parece</strong></h2>



<p>Si eres ciudadano de la Unión Europea, puedes solicitar un NIE temporal cuando solo vienes a comprar y no piensas quedarte, o inscribirte en el Registro Central de Extranjeros si tu intención es residir en España más de tres meses. Esa inscripción como residente comunitario es un paso adicional que no le corresponde a quien solo busca una segunda vivienda.</p>



<p>Si vienes de fuera de la Unión Europea, el trámite pasa por el formulario EX-15 ante la Oficina de Extranjería o el consulado español de tu país. La diferencia aparece si además tramitas una autorización de residencia, por ejemplo porque planeas instalarte en España de forma permanente: en ese caso necesitarás la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), un documento que acredita tu residencia legal y que un comprador que solo busca una vivienda vacacional no necesita.</p>



<p>La Policía Nacional detalla el procedimiento completo de solicitud del NIE en su<a href="https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_extranjeria_tramite_asignacion_nie.php"> sede electrónica</a>, con los plazos y la documentación exigida según cada situación.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Comprar sin pisar España cada dos semanas: el poder notarial</strong></h2>



<p>Uno de los mayores frenos para comprar desde fuera es pensar que hace falta viajar constantemente: para ver la propiedad, para firmar el contrato de arras, para firmar la escritura ante notario. En la práctica, buena parte de ese proceso se puede delegar mediante un poder notarial.</p>



<p>Con un poder bien redactado, tu apoderado puede firmar el contrato de compraventa, solicitar tu NIE, gestionar la apertura de la cuenta bancaria y comparecer ante notario en tu nombre. Puedes otorgarlo ante un notario español, ante el cónsul de España en tu país, o ante un notario extranjero siempre que el documento se legalice después mediante <strong>apostilla</strong>, tal como confirma el<a href="https://notariado.org/portal/-/%C2%BFsiendo-extranjero-puedo-otorgar-un-poder-en-espa%C3%B1a-"> Consejo General del Notariado</a> para cualquier extranjero que quiera otorgar un poder con validez en España.</p>



<p>Este mecanismo también resuelve un caso que se repite más de lo que parece: el de españoles que viven fuera del país y quieren comprar una vivienda aquí, ya sea para volver algún día o como inversión. El camino legal es el mismo poder notarial, con la diferencia de que en ese caso no hace falta NIE porque ya cuentan con DNI.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por qué contar con una inmobiliaria especializada marca la diferencia</strong></h2>



<p>Con la demanda que tiene la Costa del Sol en este momento, muchas de las propiedades más exclusivas de la zona se gestionan de forma confidencial, como <strong>propiedades fuera de mercado</strong>. No aparecen en portales inmobiliarios ni en anuncios públicos, y la única manera de acceder a ellas es a través de una agencia local con contactos directos en la zona.</p>



<p>A eso se suma todo lo anterior: entender qué trámites te corresponden según tu nacionalidad, coordinar la firma si no puedes viajar, y verificar que la vivienda esté libre de cargas antes de firmar nada. En Cabanillas Real Estate acompañamos cada paso de ese proceso, y si todavía estás decidiendo en qué zona buscar, nuestra<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/guia-para-comprar-casa-en-estepona/"> guía para comprar casa en Estepona</a> repasa el resto del camino paso a paso.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Empecemos a buscar tu próxima vivienda en España</strong></h2>



<p>Ahora toca encontrar la vivienda concreta que se ajuste a lo que buscas.</p>



<p>Si quieres empezar a ver opciones reales en Estepona y la Costa del Sol, puedes explorar nuestra selección de<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/propiedades/comprar/"> propiedades en venta</a> o<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/"> contactarnos directamente</a>, y te ayudamos a dar con ella.</p>
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		<title>Impuestos al vender una vivienda en Andalucía siendo no residente</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Jul 2026 14:59:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[impuestos por venta de vivienda no residente]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Vender una vivienda en Marbella, Estepona o cualquier punto de la Costa del Sol sin residir en España tiene una particularidad que muchos propietarios descubren recién en la notaría: el comprador va a retener una parte del precio antes de que veas un euro. Esa retención es solo una pieza del cuadro fiscal completo, y [&#8230;]</p>
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<p>Vender una vivienda en Marbella, Estepona o cualquier punto de la Costa del Sol sin residir en España tiene una particularidad que muchos propietarios descubren recién en la notaría: el comprador va a retener una parte del precio antes de que veas un euro. Esa retención es solo una pieza del cuadro fiscal completo, y hay otros gastos municipales que conviene revisar antes de firmar para que la venta no se retrase.</p>



<p>👉 <em>¿Estás pensando en <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/comprar-casa-en-espana-siendo-extranjero-26jlfg/">comprar una casa en España siendo extranjero</a></strong>? Conoce qué trámites cambian según tu nacionalidad, cómo gestionar la compra a distancia y qué debes revisar antes de firmar. Léelo en nuestro último artículo.</em></p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué impuestos paga un no residente al vender en Andalucía?</strong></h2>



<p>Los tres elementos centrales son el <strong>Impuesto sobre la Renta de No Residentes</strong> (<strong>IRNR</strong>), <strong>la retención del 3% que aplica el comprador</strong> y la <strong>plusvalía municipal</strong>. Ya explicamos en detalle cómo funciona cada uno, incluida la exención por reinversión, en nuestra guía sobre <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/venta-de-vivienda-por-extranjero-no-residente-26jnfg/">impuestos al vender una vivienda en España siendo no residente</a>. Aquí nos centramos en lo que se suma cuando la propiedad está en Andalucía.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR)</strong></h3>



<p>El IRNR grava la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta, con el <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/no-residentes-tributacion-inmuebles.html">19% para residentes en la Unión Europea, Noruega, Islandia o Liechtenstein, y el 24% para el resto</a>, según los tipos vigentes de la Agencia Tributaria. Se declara mediante el Modelo 210. Si vendiste tu vivienda habitual y eres residente en alguno de esos países, puedes quedar exento si reinviertes el importe en una nueva vivienda habitual dentro de los dos años siguientes: los requisitos completos están en el artículo que enlazamos arriba.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Retención del 3% en la compraventa</strong></h3>



<p>Cuando vendes siendo no residente, el comprador retiene el 3% del precio y lo ingresa en Hacienda mediante el Modelo 211, como garantía de que el impuesto se va a pagar. Si esa retención termina siendo mayor que tu cuota final, puedes pedir la devolución del exceso presentando el Modelo 210.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Plusvalía municipal en Andalucía</strong></h3>



<p>Cada ayuntamiento andaluz fija su propia plusvalía. Estepona, Marbella y Málaga capital pueden aplicar coeficientes distintos sobre el mismo incremento de valor del suelo, así que conviene <strong>pedir el importe estimado a tu ayuntamiento antes de cerrar la operación</strong>, no después.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Qué revisar antes de firmar la venta</strong></h2>



<p>Además de los tres impuestos, hay gastos que pueden aparecer sobre la mesa el día de la firma si no los revisaste antes.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>IBI al corriente</strong></h3>



<p>El recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año en curso corresponde a quien era propietario el 1 de enero, pero eso no te obliga a asumirlo entero si vendes a mitad de año. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en su <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-fija-que-el-vendedor-puede-repercutir-el-IBI-al-comprador-desde-la-fecha-de-entrega-de-la-propiedad">sentencia 409/2016 de 15 de junio</a>, estableció que, salvo pacto en contrario, puedes repercutir al comprador la parte proporcional al tiempo que cada uno mantuvo la titularidad. Esta doctrina es civil, entre las partes: el ayuntamiento sigue girando el recibo a quien figuraba como propietario a 1 de enero, así que conviene dejar el reparto por escrito en el contrato.</p>



<p>En la práctica de las compraventas inmobiliarias es habitual que el importe del IBI se prorratee entre vendedor y comprador en proporción al tiempo durante el cual cada uno haya sido titular del inmueble durante ese año.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Comunidad de propietarios al corriente</strong>&nbsp;</h3>



<p>Si la vivienda está en una urbanización o edificio con comunidad, pide el certificado de estar al corriente de pago antes de firmar. Una deuda de comunidad pendiente puede frenar la operación en el último momento.</p>



<p><strong>La tasa de basura u otras tasas municipales asociadas al inmueble</strong> también deberían estar saldadas. El comprador o el notario suelen pedir justificante de estos pagos.</p>



<p>Si el inmueble tiene alguna <strong>carga urbanística pendiente</strong>, por ejemplo derivada de un expediente de parcelación o de una obra sin finalizar, conviene identificarla con tiempo, porque puede afectar el precio o la viabilidad de la venta.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por qué contar con una inmobiliaria especializada en Estepona</strong></h2>



<p>Coordinar el IRNR, la retención, la plusvalía y estos gastos previos con tu abogado, tu gestoría y el comprador es exactamente el tipo de trabajo que hacemos todos los días. En <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/tu-broker/">Cabanillas Real Estate</a> llevamos más de seis décadas gestionando ventas de no residentes en Estepona y la Costa del Sol, y coordinamos cada gestión fiscal y legal para que la operación llegue a la firma sin sorpresas.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Necesitas ayuda para vender tu propiedad en Andalucía?</strong></h2>



<p>Si tienes una vivienda en Andalucía y estás evaluando venderla siendo no residente, <strong>cuéntanos en qué punto del proceso te encuentras </strong>y te diremos qué impuestos y gastos te corresponden en tu caso. <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/">Contáctanos</a> y lo revisaremos juntos.</p>
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		<title>Vivir en Estepona: calidad de vida en la Costa del Sol</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Jun 2026 13:17:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[ventajas y desventajas de vivir en Estepona]]></category>
		<category><![CDATA[Vivir en Estepona]]></category>
		<category><![CDATA[vivir en estepona opiniones]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Estepona lleva años ganando terreno entre quienes buscan un lugar donde instalarse en la Costa del Sol sin renunciar a la tranquilidad. La ciudad ha crecido con criterio: tiene playa, servicios, casco histórico y una oferta residencial variada, todo sin la masificación que caracteriza a otros destinos de la zona. Si piensas en comprar una [&#8230;]</p>
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<p>Estepona lleva años ganando terreno entre quienes buscan un lugar donde instalarse en la Costa del Sol sin renunciar a la tranquilidad. La ciudad ha crecido con criterio: tiene playa, servicios, casco histórico y una oferta residencial variada, todo sin la masificación que caracteriza a otros destinos de la zona. Si piensas en <strong>comprar una propiedad en la Costa del Sol</strong>, entender qué ofrece Estepona como lugar de residencia te dará una imagen mucho más clara para tomar una decisión.</p>



<p>👉 <em>¿Quieres conocer los <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/impuestos-para-no-residentes-26jnfg/">impuestos al vender una vivienda en Andalucía siendo no residente</a></strong>? En nuestro artículo te explicamos qué tributos y gastos debes tener en cuenta antes de firmar.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo es vivir en Estepona?</strong></h2>



<p>El ritmo de vida en Estepona es mediterráneo en el sentido más literal: pausado, orientado al exterior, con el mar como telón de fondo permanente. La ciudad tiene más de 300 días de sol al año, 21 kilómetros de costa repartidos en 17 playas, y un paseo marítimo que conecta el centro con los barrios residenciales del oeste.</p>



<p>Lo que diferencia a Estepona de otros municipios de la Costa del Sol es que ha sabido crecer sin perder su carácter. El casco antiguo conserva la arquitectura andaluza tradicional: calles empedradas, fachadas encaladas cubiertas de buganvillas, plazas con sombra donde todavía se toma café por las mañanas. A pocos minutos en coche, las urbanizaciones de la zona oeste y la Nueva Milla de Oro ofrecen un perfil completamente distinto: viviendas modernas, servicios de primer nivel y acceso rápido a la autovía.</p>



<p>Esa variedad interna es uno de sus activos principales. Dentro de Estepona conviven zonas muy diferenciadas: el ambiente más urbano y cultural del casco antiguo, el entorno náutico del puerto con su oferta de restauración internacional, y las urbanizaciones residenciales cerradas hacia el oeste, muchas de ellas con vistas al mar, colegios internacionales y centros médicos en el entorno próximo.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Ventajas (y algunas desventajas) de vivir en Estepona</strong></h2>



<p><strong>El clima</strong> es la ventaja más conocida, y con razón: inviernos suaves que permiten comer en terraza casi todo el año, veranos largos pero atemperados por la brisa marina, y una humedad que resulta más llevadera que en el interior. Para quienes vienen del norte de Europa o del centro de España, el cambio es inmediato y perceptible.</p>



<p>La seguridad es otro factor que aparece de forma consistente entre quienes ya viven aquí. Estepona mantiene índices de criminalidad bajos y una sensación de tranquilidad que no es habitual en municipios de su tamaño con alto componente turístico. Eso la hace especialmente atractiva para familias con hijos y para personas mayores que buscan independencia sin sacrificar seguridad.</p>



<p>La oferta de servicios es completa: colegios internacionales, centros médicos modernos, campos de golf, restaurantes con cocina de todo el mundo, y el Orquidario, uno de los jardines botánicos más singulares de Europa. La conexión con Marbella (5 minutos) y con Málaga (menos de una hora por la AP-7) hace que vivir aquí no implique aislarse de nada.</p>



<p>En cuanto a desventajas, conviene mencionarlas con honestidad. El mercado inmobiliario ha experimentado una revalorización constante en los últimos años, especialmente en zonas cercanas al mar y en las nuevas urbanizaciones, lo que eleva el precio de entrada. En temporada alta, algunas zonas del centro y del paseo acusan la presión turística. La oferta cultural ha crecido, pero Estepona sigue siendo una ciudad costera de tamaño mediano: quien necesita la actividad permanente de una capital va a notar la diferencia.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué llevó a nuestros clientes a comprar en Estepona?</strong></h2>



<p>Entre los clientes que hemos acompañado en los últimos años, los perfiles son variados: familias del norte de Europa que buscan residencia permanente, compradores británicos y escandinavos que quieren una segunda vivienda con buena conexión aérea, y profesionales que trabajan en remoto y priorizan calidad de vida sobre proximidad a una capital.&nbsp;</p>



<p>Lo que comparten, con independencia del perfil, es que la decisión de comprar en Estepona rara vez es impulsiva: llegan después de haber comparado opciones, y eligen esta ciudad porque ofrece un equilibrio que otros destinos de la Costa del Sol no alcanzan al mismo precio.</p>



<p><strong>La duda que aparece con más frecuencia es la zona.</strong> Estepona no es homogénea, y elegir entre el casco antiguo, el entorno del puerto o las urbanizaciones del oeste implica entender bien qué estilo de vida se busca, qué uso se le dará a la propiedad y qué presupuesto se maneja.&nbsp;</p>



<p>Para quien llega de fuera, esa variedad puede resultar difícil de ordenar sin orientación local. En nuestro artículo sobre las<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/mejores-zonas-para-vivir-en-estepona/"> mejores zonas para vivir en Estepona</a> encontrarás un análisis detallado de cada barrio con precios y perfil de comprador.</p>



<p>Lo que también nos trasladan con frecuencia es la importancia de haber contado con asesoramiento antes de visitar propiedades, no después. Tener claro el tipo de vivienda, la zona con mayor proyección y los pasos legales del proceso en España ahorra tiempo y evita decisiones que luego son difíciles de revertir.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Por qué conviene tener una inmobiliaria local antes de decidir?</strong></h2>



<p>El mercado inmobiliario de Estepona ha cambiado con rapidez. En zonas cercanas al mar y en las nuevas urbanizaciones, la demanda internacional sostenida ha impulsado los precios al alza de forma constante. Eso significa que las oportunidades reales exigen rapidez, conocimiento del mercado y acceso a propiedades que no siempre llegan a los portales generales.</p>



<p>Una<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/propiedades/comprar/"> inmobiliaria en Estepona</a> con presencia local aporta algo que ningún portal puede ofrecer: contexto. Saber qué urbanizaciones tienen proyección real, cuáles convienen para uso permanente y cuáles son más adecuadas para inversión con rentabilidad por alquiler, qué precios son razonables según zona y tipología, y cómo navegar la documentación legal de una compraventa en España.</p>



<p>En <strong>Cabanillas Real Estate</strong> llevamos más de seis décadas trabajando en Estepona y la Costa del Sol. Conocemos el mercado desde adentro, tenemos acceso a propiedades fuera del circuito convencional, y acompañamos todo el proceso: desde la primera visita hasta la firma.&nbsp;</p>



<p>Si estás evaluando si vivir en Estepona tiene sentido para ti, podemos ayudarte a convertir esa evaluación en una decisión informada. Para quienes también quieren entender el contexto más amplio del mercado en la región, tenemos un análisis detallado sobre<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/invertir-en-propiedades-en-la-costa-del-sol/"> por qué invertir en propiedades en la Costa del Sol</a>.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Preguntas frecuentes sobre vivir en Estepona</strong></h2>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cuánto cuesta vivir en Estepona?&nbsp;</h3>



<p>El coste de vida es inferior al de Marbella, aunque los precios han subido en los últimos años por la demanda internacional. Una cena para dos en un restaurante de gama media ronda los 50-60 euros, y los servicios básicos para una pareja se sitúan entre 100 y 150 euros al mes. La mayor variable es la vivienda: los precios varían considerablemente según la zona, con diferencias significativas entre el casco antiguo, el entorno del puerto y las urbanizaciones del oeste.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Se puede vivir en Estepona sin hablar español?&nbsp;</h3>



<p>En la práctica, sí. El inglés está muy extendido en la ciudad: médicos, abogados, agentes inmobiliarios y buena parte del comercio local operan habitualmente en inglés. La comunidad internacional es amplia y está bien integrada, lo que facilita la transición para quienes llegan sin conocimientos previos del idioma.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Es necesario tener coche para vivir en Estepona?&nbsp;</h3>



<p>Depende de la zona y del estilo de vida. El transporte público conecta Estepona con Marbella y Málaga, y dentro del núcleo urbano es posible moverse a pie o en bici. Dicho esto, la mayoría de residentes opta por tener coche, especialmente quienes viven en urbanizaciones alejadas del centro o necesitan desplazarse con regularidad hacia otras localidades.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Es Estepona mejor que Marbella para vivir?&nbsp;</h3>



<p>Depende de lo que se busque. Marbella ofrece más actividad, más servicios de alto nivel y mayor proyección internacional, pero a un coste significativamente más elevado. Estepona tiene un ritmo más tranquilo, una escala más humana y precios más contenidos, manteniendo un entorno y una calidad de vida muy similares. Para quienes priorizan la tranquilidad y la relación calidad-precio, Estepona suele resultar la opción más equilibrada de las dos.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Conclusiones</strong></h2>



<p>Vivir en Estepona es una decisión que, para quien encaja con lo que la ciudad ofrece, raramente se lamenta. El clima, el entorno, la seguridad y la calidad de los servicios disponibles hacen de esta ciudad costera una de las opciones más sólidas de la Costa del Sol, tanto para residencia habitual como para segunda vivienda o inversión. Lo que marca la diferencia entre una buena compra y una decisión apresurada es siempre la misma variable: el asesoramiento local antes de actuar.</p>



<p>Si estás valorando comprar en Estepona, podemos ayudarte a analizar tu caso concreto y presentarte opciones que se ajusten realmente a lo que buscas, evitando visitas innecesarias y decisiones poco informadas. <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/">Contacta con nosotros</a> y cuéntanos qué estás buscando. Te ayudamos a encontrarlo.</p>



<p></p>
<p>La entrada <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/vivir-en-estepona-26jnfg/">Vivir en Estepona: calidad de vida en la Costa del Sol</a> se publicó primero en <a href="https://www.cabanillasrealestate.com">Cabanillas Real Estate</a>.</p>
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		<title>¿Puede un propietario entrar en una vivienda alquilada?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2026 13:15:49 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Tener las llaves de un piso y ser su propietario no otorga el derecho de entrar cuando se quiera. Desde el momento en que se firma un contrato de arrendamiento, la vivienda pasa a ser el domicilio del inquilino, y ese domicilio es legalmente inviolable, también frente al dueño del inmueble.&#160; Si te preguntas si [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Tener las llaves de un piso y ser su propietario no otorga el derecho de entrar cuando se quiera. Desde el momento en que se firma un contrato de arrendamiento, la vivienda pasa a ser el domicilio del inquilino, y ese domicilio es legalmente inviolable, también frente al dueño del inmueble.&nbsp;</p>



<p>Si te preguntas si el propietario puede entrar en la vivienda alquilada, la respuesta general es clara: no, salvo que cuente con el consentimiento del arrendatario, una autorización judicial o se produzca una situación excepcional prevista por la ley. En este artículo veremos cada uno de estos puntos en detalle.</p>



<p>👉 <em>¿Quieres conocer los <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/impuestos-para-no-residentes-26jnfg/">impuestos al vender una vivienda en Andalucía siendo no residente</a></strong>? En nuestro artículo te explicamos qué tributos y gastos debes tener en cuenta antes de firmar.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿El casero puede entrar en un piso alquilado sin permiso?</strong></h2>



<p>No. Que el propietario tenga una copia de las llaves, que necesite revisar el estado del inmueble o que el inquilino lleve meses sin pagar la renta no le da derecho a acceder a la vivienda por su cuenta.</p>



<p>El fundamento legal está en el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229">artículo 18.2 de la Constitución Española</a>, que establece la inviolabilidad del domicilio: ninguna entrada puede realizarse sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. El Tribunal Constitucional, en su sentencia 22/1984, dejó claro que esta protección se extiende a cualquier espacio donde una persona desarrolle su vida privada, incluida una vivienda arrendada.</p>



<p>Esto significa que <strong>el inquilino convierte el piso alquilado en su domicilio a todos los efectos</strong>, con independencia de quién figure como propietario en el registro. Cualquier cláusula contractual que pretenda autorizar al arrendador a acceder sin el consentimiento del arrendatario carece de validez legal.</p>



<p>👉 <em>¿Estás pensando en <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/comprar-casa-en-espana-siendo-extranjero-26jlfg/">comprar una casa en España siendo extranjero</a></strong>? Conoce qué trámites cambian según tu nacionalidad, cómo gestionar la compra a distancia y qué debes revisar antes de firmar. Léelo en nuestro último artículo.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Es obligatorio dejar entrar al dueño del piso de alquiler?</strong></h2>



<p>No. El inquilino no está obligado a permitir la entrada del propietario si no lo consiente, salvo que medie autorización judicial o una situación de emergencia real.</p>



<p>La <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003">Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)</a> reconoce al arrendatario el derecho al uso pacífico de la vivienda durante toda la vigencia del contrato. Ese derecho no se suspende porque el propietario quiera hacer una visita, tenga dudas sobre el estado del inmueble o esté pensando en venderlo.</p>



<p>Ahora bien, esto no impide que ambas partes lleguen a acuerdos. Propietario e inquilino pueden pactar visitas, revisiones o la presencia de técnicos, siempre que exista autorización previa y se respeten horarios razonables. Lo que no puede hacer el casero es imponer el acceso de forma unilateral.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿En qué casos puede solicitarse el acceso a una vivienda alquilada?</strong></h2>



<p>Existen situaciones en las que el propietario tiene una necesidad legítima de acceder al inmueble, pero en todas ellas la entrada debe coordinarse previamente con el inquilino.</p>



<p>El caso más habitual es el de las reparaciones necesarias. El <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003">artículo 21 de la LAU</a> obliga al arrendador a realizar las obras de conservación y habitabilidad. Si surge una avería urgente, como una fuga de agua o un fallo en la instalación eléctrica, el propietario puede solicitar acceso para resolverla. La urgencia justifica la solicitud, no la entrada unilateral.</p>



<p>Otro supuesto frecuente es la revisión de desperfectos. Si el propietario tiene indicios fundados de que se han producido daños en la vivienda, puede pedir una visita para constatarlo, pero necesita el acuerdo del inquilino para que esa visita tenga lugar.</p>



<p>Cuando el propietario decide poner el inmueble en venta o en alquiler antes de que finalice el contrato vigente, puede mostrar la vivienda a potenciales compradores o nuevos inquilinos. Debe avisar con antelación suficiente y respetar los horarios del arrendatario. Además, en caso de venta, el inquilino tiene derecho de tanteo y retracto sobre el inmueble.</p>



<p>Por último, ante una situación de riesgo grave e inmediato, como un incendio o una inundación que afecte a la estructura del edificio, el acceso puede justificarse sin esperar autorización expresa. Son casos excepcionales, no una vía para visitas de inspección rutinarias.</p>



<p>En todos estos supuestos, la práctica recomendada es avisar al inquilino con un mínimo de 24 a 48 horas de antelación y acordar una franja horaria concreta. Si el contrato incluye una cláusula que regula el procedimiento de visitas, esa cláusula marca el protocolo a seguir.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué pasa si el propietario entra sin autorización?</strong></h2>



<p>Entrar en una vivienda alquilada sin el consentimiento del inquilino puede tener consecuencias penales y civiles para el propietario.</p>



<p>El <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444">artículo 202 del Código Penal</a> tipifica el allanamiento de morada como delito: quien, sin habitar en ella, entre en morada ajena contra la voluntad de su morador puede enfrentarse a penas de prisión de seis meses a dos años. La propiedad del inmueble no exime de responsabilidad penal.</p>



<p>Además de la vía penal, <strong>el inquilino puede reclamar daños y perjuicios por vulneración de su intimidad y del uso pacífico de la vivienda</strong>, lo que puede derivar en una indemnización económica. Un conflicto que empieza con una visita no comunicada puede terminar en un procedimiento judicial prolongado y costoso para el propietario.</p>



<p>Si hay una disputa sobre el estado del inmueble, el impago de rentas o el incumplimiento del contrato, la vía adecuada es la judicial, no el acceso por cuenta propia.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cómo evitar conflictos entre propietario e inquilino</strong></h2>



<p>La mayoría de los conflictos relacionados con el acceso a una vivienda alquilada tienen su origen en contratos que no anticipan estas situaciones. Una redacción clara desde el inicio protege a ambas partes.</p>



<p>Lo más práctico es incluir en el contrato de arrendamiento una cláusula específica que regule cómo se gestionarán las visitas: el preaviso mínimo exigido (habitualmente entre 24 y 48 horas), los días y franjas horarias admisibles, y el procedimiento para solicitar el acceso en caso de reparaciones o emergencias. Acordar esto por escrito antes de que surja el problema evita interpretaciones contradictorias más adelante.</p>



<p>Si el contrato ya está firmado y no contempla estas cuestiones, cualquier acuerdo posterior sobre visitas o revisiones debe quedar documentado por escrito, ya sea mediante un correo electrónico o un mensaje que ambas partes puedan conservar como registro.</p>



<p>En nuestra experiencia gestionando <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/propiedades/alquilar/">propiedades en alquiler en la Costa del Sol</a>, las situaciones que derivan en conflicto tienen casi siempre el mismo origen: falta de comunicación y ausencia de acuerdos previos bien documentados. Ayudamos a redactar contratos con cláusulas claras, coordinamos visitas entre las partes y mediamos cuando surgen discrepancias, antes de que escalen.</p>



<p>Si estás pensando en alquilar una propiedad en Estepona o ya tienes una en arrendamiento y necesitas orientación, <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/">contacta con nuestro equipo</a>.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Preguntas frecuentes</strong></h2>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Puede el propietario entrar en el piso si el inquilino no está?</strong></h3>



<p>No. La protección del domicilio no depende de si el inquilino está presente o ausente. Entrar en la vivienda sin autorización mientras el inquilino está fuera constituye igualmente una vulneración de la inviolabilidad del domicilio y puede ser constitutivo de allanamiento de morada.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Puede el inquilino negarse a enseñar el piso si el propietario quiere venderlo?</strong></h3>



<p>Sí, salvo que el contrato incluya una cláusula que lo contemple expresamente. Si no existe ese pacto, el inquilino no está obligado a permitir visitas de potenciales compradores. Lo habitual es que ambas partes lleguen a un acuerdo sobre los días y horarios, pero la negativa del inquilino sin cláusula contractual es legítima.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Puede el propietario entrar si el inquilino lleva meses sin pagar?</strong></h3>



<p>No. El impago de rentas no habilita al propietario para acceder a la vivienda por su cuenta. Ante esa situación, la vía es judicial: iniciar un procedimiento de desahucio por falta de pago. Hasta que haya una resolución judicial y se ejecute el desalojo, el domicilio del inquilino sigue siendo inviolable.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué pruebas necesito para denunciar una entrada sin permiso?</strong></h3>



<p>Para que una denuncia por allanamiento de morada tenga recorrido, conviene contar con algún tipo de evidencia: mensajes o correos en los que el propietario anuncie o reconozca la visita, testimonio de vecinos, grabaciones de cámaras de seguridad del edificio o imágenes del interior de la vivienda que acrediten que alguien estuvo allí. Sin pruebas, la denuncia difícilmente prospera.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Puede el inquilino cambiar la cerradura?</strong></h3>



<p>Sí. El inquilino tiene derecho a cambiar la cerradura para garantizar su privacidad, especialmente si tiene indicios de que el propietario ha accedido a la vivienda sin permiso. Al finalizar el contrato, debe restituir la cerradura original o entregar una copia de las nuevas llaves al propietario junto con la vivienda.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Conclusiones</strong></h2>



<p>El propietario no puede entrar en una vivienda alquilada sin el consentimiento del inquilino. La Constitución Española protege la inviolabilidad del domicilio con independencia de quién sea el titular del inmueble, y la LAU garantiza al arrendatario el uso pacífico de la vivienda durante toda la vigencia del contrato.</p>



<p>Existen situaciones excepcionales, como reparaciones urgentes o visitas para la venta del inmueble, en las que el acceso puede solicitarse. Pero en todos los casos, la entrada debe acordarse previamente con el inquilino, no imponerse.</p>



<p>Anticipar estas situaciones en el contrato es la forma más eficaz de evitar malentendidos. Si tienes dudas sobre cómo gestionar el acceso a tu propiedad o quieres que te ayudemos a redactar cláusulas que protejan tus intereses, puedes consultar también nuestro artículo sobre <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/cancelar-contrato-de-alquiler-26abfg/">cancelar un contrato de alquiler</a> o ponerte en contacto con nosotros directamente.</p>
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		<title>Impuestos al vender una vivienda en España si no resides aquí</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Jun 2026 12:33:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[impuestos no residentes españa]]></category>
		<category><![CDATA[no residentes con inmuebles en españa]]></category>
		<category><![CDATA[retencion compraventa no residentes]]></category>
		<category><![CDATA[retencion no residentes compraventa]]></category>
		<category><![CDATA[venta de vivienda por extranjero no residente]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Vender una vivienda en España siendo no residente tiene un coste fiscal que pocos calculan bien antes de firmar. En algunos casos ese coste es cero, porque existe una exención que elimina el impuesto por completo, pero la mayoría de los vendedores no saben que existe o no llega a tiempo para aplicarla. El marco [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Vender una vivienda en España siendo no residente tiene un coste fiscal que pocos calculan bien antes de firmar. En algunos casos ese coste es cero, porque existe una exención que elimina el impuesto por completo, pero la mayoría de los vendedores no saben que existe o no llega a tiempo para aplicarla.</p>



<p>El marco fiscal de estas operaciones involucra tres elementos: el <strong>Impuesto sobre la Renta de No Residentes</strong> (IRNR, el tributo que grava las ganancias obtenidas en España por quienes no tienen aquí su residencia fiscal), una retención obligatoria que el comprador practica sobre el precio de venta y, en ciertos casos, la posibilidad de quedar exento del pago si se cumplen determinados requisitos. Contar con <strong>asesoramiento profesional</strong> desde el inicio del proceso evita errores que después resultan difíciles de corregir.</p>



<p>👉 <em>¿Querés saber si <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/el-propietario-puede-entrar-en-la-vivienda-alquilada-26jnfg/"><strong>el propietario puede entrar en una vivienda alquilada</strong></a> y qué derechos tiene el inquilino? Leé nuestro artículo completo y conocé qué dice la ley.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuándo la ganancia queda libre de impuestos?</strong></h2>



<p>Antes de entrar en el cálculo del impuesto conviene explicar este punto: es el más relevante para muchos vendedores no residentes y el menos conocido.</p>



<p>Desde 2015, si resides en un país de la Unión Europea, Noruega, Islandia o Liechtenstein, puedes quedar exento del <strong>IRNR </strong>sobre la ganancia obtenida en la venta de tu vivienda en España, siempre que reinviertas ese importe en la compra de una nueva vivienda habitual. La base legal es la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4527#daseptima">Disposición Adicional Séptima del texto refundido de la Ley del IRNR</a>.</p>



<p>Si la reinversión es parcial, la exención se aplica de forma proporcional a la cantidad reinvertida.</p>



<p>👉 <em>¿Quieres conocer los <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/impuestos-para-no-residentes-26jnfg/">impuestos al vender una vivienda en Andalucía siendo no residente</a></strong>? En nuestro artículo te explicamos qué tributos y gastos debes tener en cuenta antes de firmar.</em></p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Requisitos para acceder a la exención</strong></h3>



<p>Para que la exención sea aplicable deben cumplirse todas estas condiciones:</p>



<p><strong>Residencia en la UE o el EEE.</strong> El vendedor debe ser residente fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea, o en Noruega, Islandia o Liechtenstein. Quienes residan fuera de este ámbito no pueden acogerse a este beneficio.</p>



<p><strong>La vivienda vendida debe haber sido tu vivienda habitual en España.</strong> Se considera habitual aquella en la que hayas residido de forma efectiva y continuada durante al menos tres años. La vivienda puede seguir calificando como habitual aunque ya no la ocupes, siempre que no hayan transcurrido más de dos años desde que dejaste de vivir en ella hasta la fecha de la venta.</p>



<p>Este último punto tiene jurisprudencia reciente: el Tribunal Económico-Administrativo Central, en su <a href="https://www.iberley.es/noticias/el-teac-niega-exencion-reinversion-si-han-pasado-mas-dos-anos-cese-ocupacion-36360">resolución n.º 7402/2022 de abril de 2026</a>, confirmó que no aplica la exención cuando la venta se produce más de dos años después de haber dejado de ocupar la vivienda. Si abandonaste el inmueble hace más de dos años antes de venderlo, la exención queda descartada salvo excepciones muy concretas.</p>



<p><strong>Reinversión en un plazo de dos años.</strong> El importe obtenido en la venta debe destinarse a la compra de una nueva vivienda habitual en un plazo máximo de dos años antes o después de la transmisión. La nueva vivienda puede estar en cualquier país, no necesariamente en España.</p>



<p><strong>Documentación.</strong> Debes poder acreditar tanto la venta de la vivienda habitual en España como la compra de la nueva. La Agencia Tributaria exige justificación documental para reconocer la exención.</p>



<p>En cuanto a la mecánica de declaración: si ya compraste la nueva vivienda antes de presentar tu declaración del IRNR, puedes aplicar la exención directamente en el Modelo 210 usando el código de tipo de renta 33 o 34 según el momento de la reinversión. Si compras después de haber presentado el Modelo 210 y pagado el impuesto, puedes solicitar la devolución mediante el <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GF07.shtml">Modelo 228</a> en el plazo de tres meses desde la adquisición de la nueva vivienda.</p>



<p>👉 <em>¿Estás pensando en <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/comprar-casa-en-espana-siendo-extranjero-26jlfg/">comprar una casa en España siendo extranjero</a></strong>? Conoce qué trámites cambian según tu nacionalidad, cómo gestionar la compra a distancia y qué debes revisar antes de firmar. Léelo en nuestro último artículo.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué impuestos paga un no residente al vender una vivienda?</strong></h2>



<p><strong>Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).</strong> Este impuesto grava la ganancia obtenida en la venta, es decir, la diferencia entre el precio al que vendes y el precio al que compraste en su momento. El tipo aplicable es del 19% para residentes en la UE o el EEE, y del 24% para residentes en el resto de países, incluidos Reino Unido, Estados Unidos o Canadá.</p>



<p><strong>Plusvalía municipal.</strong> Su nombre oficial es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, y es un tributo que calcula cuánto ha aumentado el valor del suelo entre la fecha en que compraste y la fecha en que vendes. Lo recauda el ayuntamiento donde está ubicado el inmueble. Cuando el vendedor es no residente, la ley permite al comprador actuar como sustituto del contribuyente, aunque en la práctica suele pactarse en escritura cómo se reparte este coste entre las partes.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Cómo se calcula la ganancia</strong></h3>



<p>La ganancia se obtiene restando al precio de venta el precio de compra original, con algunos ajustes en ambos lados. Al precio de venta se le descuentan los gastos e impuestos de la operación que correspondan al vendedor. Al precio de compra se le suman los gastos que se pagaron en su momento: notaría, registro, impuestos y mejoras acreditadas.</p>



<p>Para entender cómo funciona en la práctica, tomemos un caso concreto: si el inmueble se compró por 200.000 euros con 16.000 euros de gastos, y se vende por 320.000 euros con 8.000 euros de gastos de venta, la ganancia es de 96.000 euros. Aplicando el tipo del 19%, el impuesto resultante sería de 18.240 euros, sobre el que ya se habrá practicado una retención a cuenta por parte del comprador.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>La retención del 3%: cómo funciona y por qué existe</strong></h2>



<p>En toda compraventa en la que el vendedor es no residente, el comprador tiene la obligación legal de retener el <strong>3% del precio de venta</strong> e ingresarlo directamente en la Agencia Tributaria. Esta retención existe porque Hacienda necesita garantizarse el cobro del impuesto cuando el vendedor no tiene domicilio fiscal en España y puede marcharse sin presentar su declaración.</p>



<p>Esta retención no es el impuesto definitivo sino un pago a cuenta del IRNR que el vendedor liquidará posteriormente.</p>



<p>El mecanismo funciona así: en el momento de firmar la escritura pública, el comprador retiene ese 3% del precio acordado y lo ingresa en Hacienda mediante el Modelo 211 en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la operación. Una vez ingresado, entrega al vendedor copia del justificante de pago.</p>



<p>El vendedor recibe por tanto el precio de venta menos ese 3%. Ese importe retenido queda a su favor como crédito frente a Hacienda: cuando presente su propia declaración, lo descontará de la cuota resultante.</p>



<p>Si la retención del 3% supera el impuesto final calculado, el vendedor puede solicitar la devolución del exceso. Si la retención es inferior a la cuota, deberá ingresar la diferencia. Si la operación ha generado pérdida, no hay impuesto que pagar y se puede reclamar la devolución íntegra de lo retenido presentando el Modelo 210 con ese resultado.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Plazos para declarar después de la venta</strong></h3>



<p>El vendedor no residente dispone de cuatro meses desde la fecha de la escritura para presentar su autoliquidación: el comprador tiene un mes para ingresar el Modelo 211, y el vendedor cuenta con tres meses adicionales desde ese vencimiento para presentar el Modelo 210.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Asesoramiento para no residentes en la Costa del Sol</strong></h2>



<p>Llevamos más de seis décadas gestionando operaciones inmobiliarias en Estepona y la Costa del Sol, con una presencia significativa de compradores y vendedores internacionales. Conocemos las particularidades fiscales de estas operaciones y trabajamos con un departamento legal especializado que acompaña al vendedor en cada paso del proceso: desde la valoración de la propiedad hasta la gestión fiscal posterior a la firma.</p>



<p>Si tienes una propiedad en Estepona y estás valorando venderla, <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/">contáctanos</a>. Analizamos tu situación, evaluamos si puedes aplicar la exención por reinversión y nos encargamos de que la operación se cierre correctamente.</p>
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		<title>¿Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Jun 2026 21:12:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se rompe la caldera. Aparece una humedad en el techo. El grifo del baño gotea. Cuando algo falla en una vivienda arrendada, la primera pregunta que surge es siempre la misma: ¿quién tiene que pagarlo? La respuesta no siempre es obvia y esa ambigüedad es la raíz de algunos de los conflictos más frecuentes entre [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Se rompe la caldera. Aparece una humedad en el techo. El grifo del baño gotea. Cuando algo falla en una vivienda arrendada, la primera pregunta que surge es siempre la misma: <strong>¿quién tiene que pagarlo?</strong> La respuesta no siempre es obvia y esa ambigüedad es la raíz de algunos de los conflictos más frecuentes entre propietarios e inquilinos en España.</p>



<p>En la mayoría de los casos, la clave está en el origen del daño: si la avería es consecuencia del desgaste natural o de un problema estructural, la responsabilidad recae sobre el arrendador. Si deriva del uso cotidiano o de un descuido, corresponde al arrendatario. Pero entre un extremo y el otro hay una zona gris que conviene conocer bien antes de actuar.</p>



<p>👉 <em>¿Querés saber si <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/el-propietario-puede-entrar-en-la-vivienda-alquilada-26jnfg/"><strong>el propietario puede entrar en una vivienda alquilada</strong></a> y qué derechos tiene el inquilino? Leé nuestro artículo completo y conocé qué dice la ley.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Qué dice la ley sobre las reparaciones en un alquiler</strong></h2>



<p>El marco legal que regula esta materia en España es la<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003"> Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)</a>. Su artículo 21 establece el principio general: el arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea imputable al inquilino.</p>



<p>El mismo artículo recoge la contraparte: las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por uso ordinario de la vivienda son responsabilidad del arrendatario.</p>



<p>Esta distinción entre reparaciones de conservación y pequeñas reparaciones es el eje sobre el que gira todo el reparto de responsabilidades. Cuando hay dudas sobre en cuál de los dos grupos cae una avería concreta, la jurisprudencia recurre además al artículo 1563 del Código Civil, que establece una presunción de culpa del arrendatario: quien ocupa la vivienda es responsable del deterioro salvo que acredite lo contrario.</p>



<p>👉 <em>¿Quieres conocer los <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/impuestos-para-no-residentes-26jnfg/">impuestos al vender una vivienda en Andalucía siendo no residente</a></strong>? En nuestro artículo te explicamos qué tributos y gastos debes tener en cuenta antes de firmar.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Reparaciones a cargo del propietario: qué arreglos le corresponden al arrendador</strong></h2>



<p>El arrendador debe asumir todo aquello que sea necesario para que la vivienda pueda habitarse con normalidad. Estas reparaciones no pueden repercutirse en el precio del alquiler ni justifican una subida de renta.</p>



<p>Corresponden al propietario, entre otras:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Instalaciones de fontanería, electricidad y gas:</strong> averías por antigüedad o desgaste estructural, no provocadas por el inquilino.</li>



<li><strong>Elementos constructivos:</strong> suelos, techos, fachadas, cubiertas, bajantes. Si el daño afecta al inmueble en sí, la regla general es que paga el propietario.</li>



<li><strong>Humedades y filtraciones:</strong> cuando tienen origen estructural o provienen del edificio, son responsabilidad del arrendador.</li>



<li><strong>Electrodomésticos incluidos en el contrato:</strong> si el piso se alquiló amueblado con lavadora, lavavajillas u otros aparatos, el propietario debe repararlos o sustituirlos cuando fallen por antigüedad o defecto de fabricación.</li>



<li><strong>Caldera y calentador de agua:</strong> la reparación corresponde al arrendador salvo que el daño sea atribuible a un mal uso acreditado.</li>
</ul>



<p>Un criterio práctico: si la reparación afecta al inmueble como estructura y no a bienes muebles del uso diario, lo habitual es que corresponda al propietario.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Reparaciones a cargo del inquilino: qué debe asumir quien vive en el piso</strong></h2>



<p>El inquilino responde de las pequeñas reparaciones derivadas del uso cotidiano de la vivienda. La LAU no fija un importe exacto para delimitar qué es &#8220;pequeño&#8221;: es la jurisprudencia la que ha ido construyendo criterios interpretativos. Los tribunales han manejado de forma recurrente una referencia aproximada de 150 euros, aunque hay sentencias que aplican en cambio el criterio del 50% del valor de reposición del bien. En la práctica, el importe es solo uno de los factores: también cuentan el origen del daño y el tipo de elemento afectado.</p>



<p>Son reparaciones típicamente a cargo del arrendatario:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Bombillas fundidas.</strong></li>



<li><strong>Grifos o cisternas que gotean</strong> por desgaste del uso.</li>



<li><strong>Persianas y cerraduras</strong> rotas por un empleo habitual.</li>



<li><strong>Pequeños desperfectos en muebles</strong> incluidos en la vivienda, causados por accidente o mal uso.</li>



<li><strong>Filtros de electrodomésticos</strong> y mantenimiento básico (limpieza de filtros de lavadora, extractor, etc.).</li>



<li><strong>Daños causados por mal uso:</strong> cualquier avería que el inquilino haya provocado por un uso indebido, independientemente de su importe, es de su responsabilidad.</li>
</ul>



<p>Si el inquilino detecta una avería y no la comunica al propietario, <strong>los daños derivados de esa omisión también pueden recaer sobre él</strong>, aunque la causa original fuera ajena a su conducta.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Casos especiales y situaciones dudosas</strong></h2>



<p>Algunos supuestos no encajan de forma limpia en ninguna de las dos categorías y generan las disputas más habituales.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Electrodomésticos: depende del origen del fallo</strong></h3>



<p>Si la lavadora se rompe por antigüedad o defecto, paga el propietario. Si el daño se debe a un mal uso, lo asume el inquilino. Cuando hay dudas sobre la causa, lo recomendable es solicitar un informe técnico antes de actuar.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Caldera: mantenimiento vs avería</strong></h3>



<p>El mantenimiento anual obligatorio de la caldera suele considerarse una obligación del inquilino, ya que forma parte del uso correcto del inmueble. La reparación de una avería grave o la sustitución del aparato por fin de vida útil corresponde al propietario.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Humedades y filtraciones: el origen lo decide todo</strong></h3>



<p>Una filtración estructural o procedente de un piso superior es responsabilidad del arrendador. Si la humedad aparece porque el inquilino no ventila adecuadamente, la responsabilidad puede invertirse. Documentar el estado de la vivienda en el momento de la entrega, con fotografías fechadas, es la mejor forma de evitar disputas al respecto.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Antigüedad de las instalaciones</strong></h3>



<p>Cuando una instalación falla simplemente por haber llegado al final de su vida útil, la reparación corresponde al propietario aunque el inquilino la haya usado con normalidad. La antigüedad no convierte la avería en responsabilidad del arrendatario.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cómo gestionar una reparación sin que derive en conflicto</strong></h2>



<p>La mayoría de los conflictos entre propietarios e inquilinos por reparaciones no nacen de mala fe, sino de no haber establecido las reglas desde el principio.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Comunicar siempre por escrito</strong></h3>



<p>El inquilino debe notificar cualquier avería al propietario de forma fehaciente, preferiblemente por burofax o correo certificado. Una comunicación verbal o por WhatsApp puede no ser suficiente si el asunto llega a un juzgado.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Revisar el contrato antes de actuar</strong></h3>



<p>Muchos contratos incluyen cláusulas específicas que amplían o concretan las obligaciones legales. Lo pactado prevalece siempre que no perjudique los derechos mínimos reconocidos por la LAU. Si hay dudas sobre la interpretación de alguna cláusula, lo más prudente es consultar con un profesional antes de ejecutar la reparación por cuenta propia.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>No descontar reparaciones del alquiler sin acuerdo previo</strong></h3>



<p>El inquilino solo puede repercutir el coste de una reparación urgente en la renta si el propietario ha autorizado expresamente esa compensación por escrito. Hacerlo unilateralmente puede interpretarse como impago parcial. Si el propietario se niega a acometer una reparación necesaria para la habitabilidad, el inquilino puede reclamar por escrito e incluso, en casos graves,<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/cancelar-contrato-de-alquiler-26abfg/"> resolver el contrato de arrendamiento</a>.</p>



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<h2 class="wp-block-heading"><strong>Propietarios en Estepona: por qué la gestión profesional marca la diferencia</strong></h2>



<p>El<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/propiedades/alquilar/"> mercado de alquiler en Estepona y la Costa del Sol</a> tiene una particularidad que amplifica el riesgo de conflictos: una proporción significativa de inquilinos son perfiles internacionales que desconocen el marco legal español. En ese contexto, un contrato mal redactado o una comunicación mal gestionada puede convertir una avería menor en un problema prolongado.</p>



<p>Contar con una agencia que gestione el arrendamiento de forma integral cambia el escenario: el contrato recoge desde el inicio las cláusulas sobre mantenimiento y reparaciones, las incidencias se canalizan a través de un protocolo claro, y ninguna de las partes queda desprotegida cuando surge un imprevisto.</p>



<p>En Cabanillas Real Estate gestionamos contratos de alquiler en Estepona y la Costa del Sol desde hace más de 65 años. Si tienes una propiedad en alquiler y quieres evitar que una avería mal gestionada derive en un conflicto,<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/"> contacta con nuestro equipo</a>. Analizamos tu situación y te asesoramos sobre las condiciones más adecuadas para tu contrato.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/reparaciones-en-el-alquiler-26jnfg/">¿Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler?</a> se publicó primero en <a href="https://www.cabanillasrealestate.com">Cabanillas Real Estate</a>.</p>
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		<title>Cancelar un contrato de alquiler: claves legales antes de actuar</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Apr 2026 12:44:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[cancelar contrato de alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[cancelar un contrato de alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[como cancelar un contrato de alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[cuando se puede cancelar un contrato de alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[se puede cancelar un contrato de alquiler]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cancelar un contrato de alquiler parece, a simple vista, una decisión personal. Sin embargo, desde el momento en que se firma el arrendamiento, entran en juego obligaciones legales que ninguna de las partes puede ignorar. En España, la normativa que regula esta materia es clara: el contrato no se extingue por la mera voluntad del [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Cancelar un contrato de alquiler parece, a simple vista, una decisión personal. Sin embargo, desde el momento en que se firma el arrendamiento, entran en juego obligaciones legales que ninguna de las partes puede ignorar. En España, la normativa que regula esta materia es clara: <strong>el contrato no se extingue por la mera voluntad del inquilino ni por el simple abandono de la vivienda</strong>. Entender el procedimiento correcto es fundamental para evitar conflictos, penalizaciones económicas y procesos judiciales que pueden prolongarse durante meses.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">¿Se puede cancelar un contrato de alquiler?</h2>



<p>Sí, pero siempre dentro de un marco legal concreto. La respuesta depende de varios factores: el tipo de contrato firmado, el tiempo transcurrido desde el inicio del arrendamiento, las cláusulas pactadas entre las partes y la normativa vigente.</p>



<p>En España, el instrumento de referencia es la<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003"> Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)</a>, que regula los contratos de alquiler de vivienda habitual y fija los derechos y obligaciones de propietarios e inquilinos. Esta ley, con su última reforma significativa en 2019, marca los límites dentro de los cuales puede producirse la rescisión del contrato, ya sea de forma pactada, por decisión unilateral del inquilino o por incumplimiento de alguna de las partes.</p>



<p>Cada escenario tiene consecuencias jurídicas y económicas distintas, por lo que conviene conocerlos antes de actuar.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">¿Cuándo se puede cancelar un contrato de alquiler?</h2>



<p>Las situaciones en que resulta legalmente posible extinguir un contrato de alquiler varían según quién tome la iniciativa y en qué momento de la relación arrendaticia se encuentren las partes.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Finalización por cumplimiento del plazo</h3>



<p>La forma más natural de extinguir un contrato de alquiler es que llegue a su término. <strong>Cuando se cumple el plazo pactado, cualquiera de las partes puede comunicar su voluntad de no renovar</strong>, respetando los tiempos de preaviso establecidos por la LAU: cuatro meses de antelación para el propietario y dos meses para el inquilino.</p>



<p>Si ninguna de las partes comunica nada, el contrato se prorroga automáticamente en períodos anuales. El silencio, en este caso, también tiene consecuencias jurídicas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Cancelación anticipada por parte del inquilino</h3>



<p>El artículo 11 de la LAU reconoce al arrendatario el derecho a desistir del contrato <strong>una vez transcurridos al menos seis meses desde el inicio</strong>, siempre que lo comunique al propietario con un mínimo de treinta días de antelación. Este derecho es irrenunciable: cualquier cláusula contractual que pretenda eliminarlo carece de validez legal.</p>



<p>Si el contrato incluye una cláusula de penalización por desistimiento anticipado, el inquilino deberá abonar una indemnización equivalente a una mensualidad por cada año que reste de contrato, prorrateada en función de los meses pendientes. En ausencia de tal cláusula, el propietario no puede exigir compensación adicional más allá de las rentas correspondientes al período de preaviso.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Cancelación por incumplimiento</h3>



<p>Tanto el propietario como el inquilino pueden instar la resolución del contrato si la otra parte incumple sus obligaciones esenciales. El artículo 27 de la LAU recoge las causas más habituales: impago de la renta o de la fianza, realización de obras no autorizadas, subarrendamiento sin consentimiento, actividades molestas o ilícitas en el inmueble, o incumplimiento de las obligaciones de conservación y habitabilidad por parte del propietario. En todos estos casos, la parte perjudicada puede acudir a la vía judicial para obtener la resolución del contrato y, en su caso, una indemnización por daños y perjuicios.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Abandonar el piso no cancela el contrato: qué dice la justicia</h2>



<p>Una de las creencias más extendidas entre los inquilinos es que marcharse de la vivienda equivale a dar por terminado el contrato. La jurisprudencia reciente deja claro que esto no es así.</p>



<p>Una sentencia de la <a href="https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2026/03/04/880163-un-tribunal-confirma-que-abandonar-el-piso-no-basta-para-poner-fin-al-contrato-de">Audiencia Provincial de Huesca</a> confirmó la condena a una inquilina al pago de <strong>2.758 euros en rentas impagadas</strong>, al considerar que nunca devolvió formalmente la vivienda a su propietaria. La clave del caso no radicó en si la inquilina seguía residiendo o no en el inmueble, sino en un elemento jurídico esencial: la falta de acreditación de una restitución efectiva de la posesión del inmueble.<a href="https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2026/03/04/880163-un-tribunal-confirma-que-abandonar-el-piso-no-basta-para-poner-fin-al-contrato-de">&nbsp;</a></p>



<p>El tribunal puso el foco en que las llaves aparecieron meses después, en marzo de 2024, dentro de la propia vivienda, sin que existiera constancia de cuándo ni en qué condiciones fueron depositadas. Esa falta de prueba impidió considerar acreditada una entrega válida en septiembre de 2023, por lo que el contrato se mantuvo vigente hasta marzo de 2024 y legitimó la reclamación de todas las rentas devengadas durante ese período.<a href="https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2026/03/04/880163-un-tribunal-confirma-que-abandonar-el-piso-no-basta-para-poner-fin-al-contrato-de">&nbsp;</a></p>



<p>Esta resolución recuerda que tanto el <strong>artículo 11 de la LAU</strong> como el <strong>artículo 1.561 del Código Civil</strong> obligan al arrendatario a devolver la vivienda al finalizar el contrato, y que esto no equivale simplemente a marcharse: exige una restitución real y efectiva, habitualmente mediante una <strong>entrega formal y verificable de las llaves</strong>, que permita al propietario comprobar el estado del inmueble.</p>



<p><strong>Mientras no se acredite la devolución efectiva de la vivienda, el inquilino sigue obligado a pagar la renta</strong>, aunque ya no resida en ella.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Cómo cancelar un contrato de alquiler correctamente</h2>



<p>Seguir el procedimiento adecuado es la única forma de cancelar un contrato de alquiler sin asumir riesgos innecesarios.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Notificación formal</h3>



<p><strong>La comunicación de la rescisión debe realizarse por escrito y de forma fehaciente.</strong> El método más recomendable es el burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, ya que genera prueba documental de la fecha y el contenido del mensaje. Una comunicación por WhatsApp o de forma verbal puede no ser suficiente para acreditar el preaviso en caso de litigio.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Cumplimiento de los plazos legales</h3>



<p>El preaviso mínimo exigido por ley es de <strong>treinta días naturales</strong>. Este cómputo debe respetarse con precisión: notificar con menos tiempo del requerido puede implicar la obligación de pagar las rentas correspondientes al período no preavisado. Si el contrato establece un plazo mayor, prevalece lo pactado siempre que no perjudique al inquilino por debajo del mínimo legal.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Revisión del contrato</h3>



<p>Antes de dar cualquier paso, conviene leer detenidamente las cláusulas del arrendamiento. Algunos contratos incluyen condiciones específicas sobre penalizaciones, plazos mínimos de permanencia o requisitos adicionales para la devolución del inmueble. Un contrato bien redactado reduce el riesgo de conflictos para ambas partes; si alguna cláusula genera dudas, lo más prudente es consultar con un profesional antes de actuar. En nuestro blog también puedes encontrar información útil sobre<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/alquiler-a-largo-plazo-25myev/"> alquiler a largo plazo en la Costa del Sol</a>, con orientación específica sobre las condiciones habituales en este mercado.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Riesgos de cancelar un contrato de alquiler incorrectamente</h2>



<p>Las consecuencias de una cancelación mal gestionada pueden extenderse mucho más allá del día en que el inquilino abandona la vivienda.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Penalizaciones económicas</h3>



<p>Si el inquilino desiste antes de los seis meses iniciales o no respeta los plazos de preaviso, el propietario puede reclamar las rentas correspondientes al período no cumplido más la penalización pactada. <strong>En escenarios de incumplimiento grave, la deuda puede acumularse durante meses</strong>, como ilustra el caso resuelto por la Audiencia Provincial de Huesca.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Conflictos legales</h3>



<p>Una cancelación sin soporte documental puede derivar en un procedimiento judicial en el que el inquilino tenga que demostrar que devolvió la vivienda en la fecha que alega. La carga de la prueba recae sobre quien afirma haber cumplido con su obligación, y sin documentación fehaciente esa demostración puede resultar imposible.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Pérdida de garantías</h3>



<p>La fianza depositada al inicio del contrato está destinada a cubrir posibles daños en el inmueble o rentas impagadas. <strong>Si el propietario acredita deudas pendientes o desperfectos, tiene derecho a retenerla total o parcialmente.</strong> Una devolución informal de las llaves sin acta del estado del inmueble deja al inquilino sin argumentos para reclamar su restitución.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Claves para propietarios en Estepona</h2>



<p>El <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/propiedades/alquilar/"><strong>mercado de alquiler en Estepona</strong></a> mantiene una demanda sostenida tanto de residentes locales como de perfiles internacionales que buscan establecerse en la Costa del Sol durante temporadas prolongadas. En este contexto, gestionar correctamente los contratos de arrendamiento forma parte de cualquier estrategia de inversión inmobiliaria sólida.</p>



<p><strong>La prevención empieza en la redacción del contrato</strong>: incluir cláusulas claras sobre penalizaciones, plazos de preaviso y el procedimiento de devolución de llaves reduce considerablemente el riesgo de conflictos posteriores. Conviene también exigir por escrito cualquier comunicación relevante durante la vigencia del arrendamiento, especialmente las relacionadas con su finalización. Para propietarios con varias propiedades, una<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/gestion-de-patrimonio-inmobiliario-25agev/"> gestión profesional del patrimonio inmobiliario</a> permite centralizar estos procesos y anticipar riesgos legales antes de que se conviertan en problemas.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">El papel de una inmobiliaria en la gestión de contratos</h2>



<p>Contar con el respaldo de una <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/"><strong>inmobiliaria en Estepona</strong></a> especializada convierte lo que en manos inexpertas puede ser una fuente de conflictos en un proceso ordenado y con respaldo legal.</p>



<p>Una agencia con experiencia en el mercado local asesora a propietarios e inquilinos sobre sus derechos y obligaciones desde el primer momento, redacta contratos adaptados a cada situación, gestiona el proceso de devolución del inmueble y actúa como intermediaria en caso de desacuerdo. En Estepona, donde la presencia de compradores y arrendatarios internacionales es significativa, el conocimiento de la legislación española marca una diferencia real a la hora de evitar conflictos.</p>



<p>En <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/"><strong>Cabanillas Real Estate</strong></a> nos encargamos de la redacción y gestión integral del contrato de alquiler, asesorando sobre las cláusulas más adecuadas para cada situación. Durante toda la vigencia del arrendamiento, actuamos como intermediarios en la gestión del mantenimiento y en la supervisión del estado de la propiedad.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Conclusiones</h2>



<p>Cancelar un contrato de alquiler es un proceso con consecuencias legales y económicas que no conviene improvisar. Comunicar la decisión por escrito con antelación suficiente, respetar los plazos que establece la LAU, revisar las cláusulas del contrato y documentar la devolución del inmueble de forma fehaciente son los pasos que marcan la diferencia entre una salida ordenada y un conflicto prolongado.</p>



<p>La sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca es un recordatorio concreto de que el abandono físico de una vivienda no equivale a la extinción legal del contrato. Sin una entrega formal y verificable de las llaves, la obligación de pagar la renta permanece vigente.</p>



<p><strong>Si eres propietario o inquilino en Estepona y necesitas asesoramiento sobre la gestión o cancelación de un contrato de alquiler, en Cabanillas Real Estate podemos ayudarte.</strong> <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/">Contáctanos</a> y nuestro equipo analizará tu situación con más de 65 años de experiencia en la Costa del Sol.</p>
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		<title>Nueva Ley de Propiedad Horizontal: alquiler turístico y límites</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Apr 2026 13:10:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[artículo 7.2 de la ley de propiedad horizontal]]></category>
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		<category><![CDATA[ley de la propiedad horizontal actualizada]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El mercado del alquiler turístico en España atraviesa un momento de transformación normativa significativa. Desde el 3 de abril de 2025, la nueva ley de propiedad horizontal establece reglas claras sobre quién puede destinar su vivienda al alquiler vacacional y bajo qué condiciones. Para propietarios e inversores en Estepona y la Costa del Sol, entender [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El mercado del alquiler turístico en España atraviesa un momento de transformación normativa significativa. Desde el <strong>3 de abril de 2025</strong>, la <strong>nueva ley de propiedad horizontal</strong> establece reglas claras sobre quién puede destinar su vivienda al alquiler vacacional y bajo qué condiciones. Para propietarios e inversores en Estepona y la Costa del Sol, entender esta reforma es hoy parte fundamental de cualquier decisión de compra.</p>



<p>La demanda de alojamiento turístico en la zona no ha hecho más que crecer en los últimos años. Pero ese crecimiento también ha intensificado los conflictos vecinales y ha empujado al legislador a actuar. El resultado es una normativa que da más peso a las comunidades de propietarios y que cambia, de raíz, las condiciones bajo las cuales se puede operar un piso turístico en un edificio residencial.</p>



<p>Si estás pensando en<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/que-es-una-inversion-inmobiliaria-25jnev/"> invertir en propiedades en la Costa del Sol</a> con fines vacacionales, esta guía te explica todo lo que necesitas saber.</p>



<p>👉 <em>¿Querés saber si <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/el-propietario-puede-entrar-en-la-vivienda-alquilada-26jnfg/"><strong>el propietario puede entrar en una vivienda alquilada</strong></a> y qué derechos tiene el inquilino? Leé nuestro artículo completo y conocé qué dice la ley.</em></p>



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<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es la Ley de Propiedad Horizontal?</h2>



<p>La<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906"> Ley 49/1960</a> regula la organización y convivencia en los edificios divididos en pisos o locales con elementos comunes. Es el marco legal que define los derechos y obligaciones de cada propietario dentro de una comunidad de vecinos: desde el reparto de gastos hasta las normas de uso de las zonas compartidas, pasando por los procedimientos para tomar decisiones colectivas.</p>



<p>Su ámbito de aplicación abarca todo el territorio nacional, aunque las comunidades autónomas con derecho civil propio, como Cataluña, tienen regulaciones específicas que pueden diferir del texto estatal. En el caso de Andalucía, la ley estatal es de aplicación directa, lo que la hace especialmente relevante para quienes compran o invierten en municipios como Estepona, Marbella o Sotogrande.</p>



<p>La norma ha sido objeto de diversas modificaciones a lo largo de los años. La más reciente, y de mayor impacto para el mercado inmobiliario, llegó de la mano de la <strong>Ley Orgánica 1/2025</strong> que entró en vigor en abril de 2025 y reformó específicamente los artículos 7 y 17.12 de la ley en relación con el alquiler turístico.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Nueva Ley de Propiedad Horizontal: ¿qué ha cambiado?</h2>



<p>Antes de la reforma, el esquema era relativamente sencillo: un propietario podía destinar su vivienda al alquiler turístico salvo que los estatutos de la comunidad lo prohibieran expresamente. Si los estatutos no decían nada, el propietario tenía vía libre.</p>



<p><strong>Desde el 3 de abril de 2025, esa lógica se invierte por completo.</strong> La nueva ley de propiedad horizontal exige que cualquier propietario que quiera iniciar la actividad de alquiler turístico obtenga primero la <strong>aprobación expresa de la comunidad de propietarios</strong>. Ya no basta con que no esté prohibido: es necesario que esté activamente autorizado.</p>



<p>Esta autorización requiere el voto favorable de <strong>tres quintas partes del total de propietarios</strong>, que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación del edificio. La misma mayoría cualificada sirve para limitar, condicionar o prohibir la actividad, y también para aprobar cuotas especiales de hasta un <strong>20% sobre los gastos comunes</strong> para las viviendas que se dediquen a este uso.</p>



<p>La reforma responde a una presión social creciente en zonas con alta densidad turística, y Estepona es un ejemplo claro de ello. El auge del alquiler vacacional en la Costa del Sol, con sus implicaciones sobre la convivencia y el acceso a la vivienda, fue uno de los factores que aceleró la necesidad de regular con más precisión este tipo de actividad.</p>



<p>Un aspecto importante: <strong>la ley no tiene efectos retroactivos</strong>. Las viviendas que ya estuvieran registradas y operando legalmente como pisos turísticos antes del 3 de abril de 2025 pueden continuar con su actividad bajo las condiciones anteriores. Sin embargo, la comunidad sí puede aprobar, con la misma mayoría, recargos sobre sus cuotas o nuevas limitaciones sobre el uso de zonas comunes.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Alquiler turístico sin permiso: ¿qué dice el artículo 7.2?</h2>



<p>El <strong>artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal</strong> regula las obligaciones de los propietarios y ocupantes en cuanto al uso de sus viviendas dentro de la comunidad. Con la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, este artículo contempla ahora tres apartados relevantes para el alquiler turístico.</p>



<p>El <strong>apartado 7.2</strong> prohíbe desarrollar en la vivienda o en el resto del inmueble <strong>actividades prohibidas en los estatutos, dañosas para la finca, o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas</strong>. Este apartado ya existía antes de la reforma y constituía la vía clásica para actuar contra vecinos que generaran problemas de convivencia.</p>



<p>El nuevo <strong>apartado 7.3</strong>, incorporado por la Ley Orgánica 1/2025, aborda directamente el alquiler turístico: establece que el propietario que quiera ejercer esta actividad <strong>debe obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad</strong>, en los términos del artículo 17.12. Esta incorporación elimina las ambigüedades interpretativas que antes complicaban los procedimientos judiciales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cuándo se puede denunciar a un vecino?</h3>



<p>El artículo 7.2 permite actuar cuando la actividad resulta molesta o perjudicial para el resto de la comunidad. En el contexto del alquiler turístico, los supuestos más habituales incluyen ruidos reiterados fuera del horario permitido, uso intensivo y conflictivo de zonas comunes como piscinas o ascensores, comportamientos que alteran la convivencia normal del edificio, y la operación de una vivienda turística <strong>sin contar con la autorización expresa de la comunidad</strong> exigida desde abril de 2025.</p>



<p>La jurisprudencia del Tribunal Supremo, recogida en las sentencias 1232 y 1233/2024 de 3 de octubre, ya reconocía que el alquiler vacacional puede generar molestias objetivas que justifican la intervención de la comunidad, especialmente en zonas de alta incidencia turística.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Procedimiento legal en la comunidad</h3>



<p>El proceso contemplado en el artículo 7.2 sigue una secuencia definida. En primer lugar, el <strong>presidente de la comunidad</strong>, a iniciativa propia o de cualquier propietario, requiere fehacientemente al infractor la <strong>cesación inmediata</strong> de la actividad, con advertencia de acciones legales. Este requerimiento debe realizarse por un medio que deje constancia de su recepción, habitualmente mediante burofax.</p>



<p>Si el propietario hace caso omiso, el presidente, previa <strong>autorización de la Junta de propietarios</strong> convocada al efecto, puede interponer una <strong>acción de cesación</strong> ante los tribunales. El juez puede adoptar medidas cautelares de forma inmediata, incluyendo el cese provisional de la actividad.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Posibles sanciones</h3>



<p>Si la sentencia es estimatoria, el juez puede ordenar la <strong>cesación definitiva de la actividad prohibida</strong> y la <strong>indemnización por daños y perjuicios</strong>. Además, puede imponer la <strong>privación del derecho de uso de la vivienda por un período de hasta tres años</strong>, en función de la gravedad de la infracción y los perjuicios causados. Si el infractor no es el propietario sino un ocupante, la sentencia puede declarar extinguidos todos sus derechos sobre la vivienda y ordenar su lanzamiento.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">¿Se puede alquilar una vivienda turística sin autorización?</h2>



<p>Desde el 3 de abril de 2025, la respuesta es clara: <strong>no</strong>, al menos no para nuevas actividades. Cualquier propietario que quiera iniciar el alquiler turístico en un edificio sujeto a la Ley de Propiedad Horizontal necesita obtener el voto favorable de los tres quintos de los propietarios y cuotas de participación antes de comenzar a operar.</p>



<p>Los estatutos del edificio siguen teniendo relevancia. Si ya contemplaban una prohibición expresa, esa sigue siendo válida. Pero incluso en ausencia de prohibición estatutaria, la autorización expresa de la junta es hoy un requisito legal ineludible. El acuerdo de autorización no necesita inscribirse en el Registro de la Propiedad para tener validez frente a la comunidad, aunque sí es recomendable elevarlo a escritura pública e inscribirlo para que sea oponible frente a terceros adquirentes.</p>



<p>Por otra parte, la autorización comunitaria no reemplaza a la licencia administrativa. Para operar legalmente una<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/vivienda-de-uso-turistico/"> vivienda de uso turístico en Estepona</a>, el propietario también debe cumplir con la normativa autonómica andaluza e inscribir la propiedad en el Registro de Turismo de Andalucía.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Impacto de la normativa en propietarios en Estepona</h2>



<p>Estepona es uno de los municipios de la Costa del Sol donde el alquiler vacacional ha experimentado un crecimiento más sostenido. Su posicionamiento como alternativa a Marbella, con precios más accesibles y una oferta residencial diversa, lo convierte en un destino atractivo tanto para turistas como para inversores internacionales.</p>



<p>En este contexto, la nueva ley de propiedad horizontal actualizada añade una capa de complejidad que conviene anticipar. Quienes ya operaban legalmente antes de abril de 2025 pueden continuar su actividad, aunque deberán asumir posibles recargos en las cuotas comunitarias si la junta así lo decide. <strong>Para los nuevos compradores, el escenario es diferente</strong>: adquirir una propiedad con intención de destinarla al alquiler turístico implica, antes que nada, conocer la posición de la comunidad al respecto.</p>



<p>La actitud de la junta puede variar enormemente entre edificios. En algunas comunidades ya hay acuerdos de prohibición adoptados por la mayoría requerida. En otras, la cuestión no ha sido sometida a votación. <strong>Comprar sin verificar este aspecto puede comprometer la rentabilidad esperada de la inversión</strong>.</p>



<p>Según la<a href="https://www.ine.es/experimental/viv_turistica/experimental_viv_turistica.htm"> estadística experimental del Instituto Nacional de Estadística (INE)</a>, en noviembre de 2025 había 329.764 viviendas turísticas comercializadas en plataformas en España, lo que representa un descenso interanual del 12,4%, el mayor de la serie histórica, en parte atribuible a la creciente presión normativa sobre este tipo de actividad.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Claves antes de comprar una propiedad para alquiler turístico</h2>



<h3 class="wp-block-heading">Revisar los estatutos de la comunidad</h3>



<p>El primer paso antes de cualquier operación de compra orientada al alquiler turístico es solicitar los estatutos de la comunidad de propietarios y el libro de actas reciente. Los estatutos pueden contener prohibiciones expresas que impidan el uso vacacional con independencia de lo que diga la ley general. Las actas permiten verificar si ya se han adoptado acuerdos de prohibición o si el tema está en debate entre los vecinos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Evaluar la viabilidad legal</h3>



<p>Conocer los estatutos no es suficiente si no se interpreta correctamente su contenido en relación con la normativa vigente. Un abogado especializado en derecho inmobiliario puede analizar si la propiedad puede destinarse al alquiler turístico, qué pasos deben seguirse para obtener la autorización comunitaria, y qué documentación administrativa es necesaria a nivel autonómico y estatal. Esta evaluación previa evita sorpresas una vez formalizada la compra.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Asesorarte con expertos inmobiliarios</h3>



<p>Contar con una inmobiliaria local con conocimiento profundo del mercado y de la normativa vigente marca una diferencia real. En Cabanillas Real Estate llevamos más de 60 años operando en Estepona y la Costa del Sol, con un equipo que incluye expertos en derecho urbanístico. Cuando acompañamos una operación de compra orientada a la inversión, el análisis legal y la viabilidad del uso pretendido forman parte del proceso desde el primer momento. Puedes explorar nuestras<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/propiedades/"> propiedades disponibles en Estepona</a> o consultarnos directamente para recibir asesoramiento personalizado.</p>



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<h2 class="wp-block-heading">Conclusiones</h2>



<p>La nueva ley de propiedad horizontal española representa un cambio estructural en la regulación del alquiler turístico. La exigencia de autorización expresa por mayoría cualificada convierte a la comunidad de propietarios en un actor central de cualquier decisión de uso vacacional, y el desconocimiento de esta norma puede tener consecuencias económicas y legales importantes.</p>



<p>Para inversores interesados en Estepona y la Costa del Sol, el mensaje es claro: <strong>la rentabilidad de una propiedad destinada al alquiler turístico depende hoy, en buena medida, de su situación normativa dentro de la comunidad</strong>. Verificar estatutos, evaluar la posición de la junta y contar con asesoramiento especializado son pasos que deben preceder a cualquier firma.</p>



<p>En <strong>Cabanillas Real Estate</strong> estamos para acompañarte en ese proceso. Si estás pensando en comprar una propiedad en Estepona con fines de inversión o alquiler vacacional,<a href="https://www.cabanillasrealestate.com/contacto/"> contáctanos</a> y te ayudamos a tomar la decisión correcta con toda la información sobre la mesa.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/nueva-ley-de-propiedad-horizontal-26abfg/">Nueva Ley de Propiedad Horizontal: alquiler turístico y límites</a> se publicó primero en <a href="https://www.cabanillasrealestate.com">Cabanillas Real Estate</a>.</p>
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		<title>Nueva ley de vivienda de Andalucía: ¿qué cambia para las inmobiliarias?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2026 20:52:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[ley 5/2025 de vivienda de Andalucía]]></category>
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		<category><![CDATA[ley de intermediacion inmobiliaria]]></category>
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		<category><![CDATA[ley inmobiliaria españa]]></category>
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		<category><![CDATA[nueva ley de la vivienda en Andalucía]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La nueva ley de vivienda de Andalucía marca un punto de inflexión para el sector inmobiliario de la comunidad. Aprobada el 16 de diciembre de 2025 y en vigor desde el 24 de enero de 2026, esta normativa introduce cambios relevantes en la regulación del mercado residencial y, de forma muy concreta, en la actividad [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>La <strong>nueva ley de vivienda de Andalucía</strong> marca un punto de inflexión para el sector inmobiliario de la comunidad. <strong>Aprobada el 16 de diciembre de 2025 y en vigor desde el 24 de enero de 2026</strong>, <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-423">esta normativa</a> introduce cambios relevantes en la regulación del mercado residencial y, de forma muy concreta, en la actividad de intermediación inmobiliaria.</p>



<p>Más allá del contenido técnico de la norma, el mensaje es claro: avanzar hacia un sector más profesional, más transparente y con mayores garantías para quienes compran, venden o alquilan una vivienda. En un mercado tan dinámico como el de la Costa del Sol, estos cambios refuerzan la importancia de contar con asesoramiento especializado y con profesionales que conozcan tanto la normativa vigente como la realidad local.</p>



<p>A continuación, repasamos qué establece la Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía, qué implican sus artículos 48 a 53 para las agencias inmobiliarias y por qué trabajar con una <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/"><strong>inmobiliaria profesional en Estepona</strong></a> es clave para operar con mayor seguridad jurídica.</p>



<p>👉 <em>¿Querés saber si <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/el-propietario-puede-entrar-en-la-vivienda-alquilada-26jnfg/"><strong>el propietario puede entrar en una vivienda alquilada</strong></a> y qué derechos tiene el inquilino? Leé nuestro artículo completo y conocé qué dice la ley.</em></p>



<h2 class="wp-block-heading">Qué es la Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía</h2>



<p>La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía es una norma autonómica que regula distintos aspectos del mercado residencial en la comunidad. Entre sus objetivos, presta especial atención a la actividad de intermediación inmobiliaria, con la intención de ordenar mejor el sector y reforzar la protección de quienes intervienen en operaciones de compraventa y alquiler.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Objetivos de la nueva ley de vivienda de Andalucía</h3>



<p>La nueva ley de vivienda de Andalucía nace con una <strong>vocación clara de mejora</strong>. Por un lado, busca <strong>proteger mejor al consumidor</strong> en un ámbito especialmente sensible como el de la vivienda. Por otro, pretende <strong>elevar el nivel de profesionalización</strong> del sector inmobiliario y reforzar la seguridad jurídica en las operaciones.</p>



<p>En la práctica, esto se traduce en un marco más claro para todos los intervinientes. El comprador y el vendedor disponen de más garantías, y las agencias inmobiliarias pasan a desempeñar su labor dentro de un entorno regulado que valora la transparencia, la preparación y la responsabilidad profesional.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Regulación del sector inmobiliario en Andalucía</h3>



<p>Uno de los aspectos más relevantes de la ley es que introduce normas específicas para quienes ejercen actividades de intermediación inmobiliaria en el sector residencial andaluz. Es decir, ya no basta con intervenir en una operación desde un punto de vista comercial: la actividad queda vinculada al cumplimiento de determinados requisitos y obligaciones.</p>



<p>Esta regulación responde a una necesidad evidente del mercado actual: dotar de mayor solidez a las operaciones inmobiliarias y asegurar que quienes asesoran al cliente lo hagan dentro de un marco profesional claramente definido.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Contexto de la nueva regulación inmobiliaria en España</h3>



<p>La aprobación de esta norma no es casual. En los últimos años, el <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/tendencias-del-mercado-inmobiliario/"><strong>mercado inmobiliario español</strong></a> ha evolucionado en un contexto de mayor complejidad, con consumidores cada vez más informados, operaciones más exigentes y una creciente necesidad de transparencia.</p>



<p>Andalucía se suma así a una tendencia regulatoria que busca ordenar mejor la intermediación inmobiliaria y reforzar la confianza en un sector clave para la economía y para la vida de miles de personas. En zonas de alta actividad como Estepona y la Costa del Sol, donde conviven compradores nacionales e internacionales, esta profesionalización cobra todavía más valor.</p>



<p>👉 <em>¿Quieres conocer los <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/impuestos-para-no-residentes-26jnfg/">impuestos al vender una vivienda en Andalucía siendo no residente</a></strong>? En nuestro artículo te explicamos qué tributos y gastos debes tener en cuenta antes de firmar.</em></p>



<h2 class="wp-block-heading">Cambios en los artículos 48 a 53 de la ley de vivienda</h2>



<p>Los <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-423#a4-10">artículos 48 a 53</a> de la nueva ley de vivienda de Andalucía son especialmente importantes para las <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/agencia-inmobiliaria-en-estepona-25evjn/"><strong>agencias inmobiliarias en Estepona</strong></a>, ya que regulan de forma específica la intermediación en el sector residencial. En este bloque se fijan deberes de información, se crea un registro obligatorio y se establecen los requisitos necesarios para poder ejercer la actividad en la comunidad autónoma.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Regulación de la intermediación inmobiliaria</h3>



<p>La ley deja claro que la intermediación inmobiliaria debe desarrollarse con criterios de información, transparencia y responsabilidad. El artículo 48 establece que quienes presten servicios inmobiliarios en el sector de la edificación y rehabilitación de viviendas deben cumplir con el deber de información conforme a la legislación aplicable.</p>



<p>Esto supone un avance importante, porque sitúa la transparencia en el centro de la relación entre agencia y cliente. En un proceso tan relevante como la compraventa o el alquiler de una vivienda, disponer de información clara y suficiente no es un detalle menor: es una garantía básica.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Nuevos requisitos para agencias inmobiliarias</h3>



<p>Otro de los grandes cambios es la creación del <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-423#a5-2">Registro de Agentes Inmobiliarios Especializados del Sector Residencial de Andalucía</a>, que la propia ley configura como público, administrativo y obligatorio.</p>



<p>La inscripción en este registro se realiza mediante declaración responsable y exige acreditar una serie de condiciones mínimas, entre ellas la capacitación o cualificación profesional correspondiente, así como determinados requisitos de solvencia y cobertura.</p>



<p>Es importante destacar que, aunque la ley ya define su estructura, el Registro aún no se encuentra operativo. La Ley de Vivienda de Andalucía establece que la Consejería competente (Junta de Andalucía) dispone de un plazo determinado tras la entrada en vigor de la norma para su creación técnica y regulación detallada.</p>



<p>En otras palabras, la norma no solo identifica a quienes operan en el sector, sino que también eleva el listón profesional. Y eso, en un mercado inmobiliario cada vez más exigente, es una buena noticia tanto para el cliente como para las agencias que trabajan con rigor.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Mayor protección para compradores y vendedores</h3>



<p>Desde la perspectiva del consumidor, estas medidas refuerzan la seguridad y la confianza. Cuanto más claro esté quién presta el servicio, bajo qué condiciones lo hace y qué garantías ofrece, más protegido estará el cliente durante la operación.</p>



<p>La nueva regulación no solo busca ordenar el sector desde dentro. También pretende mejorar la experiencia de quienes compran, venden o alquilan una vivienda, reduciendo la opacidad y favoreciendo relaciones más transparentes entre todas las partes.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Obligaciones para las agencias inmobiliarias con la nueva ley</h2>



<p>Las principales obligaciones que introduce la nueva ley de vivienda de Andalucía para las agencias inmobiliarias apuntan en una misma dirección: <strong>profesionalizar el servicio y ofrecer más garantías al cliente</strong>.</p>



<p>Para las agencias serias, este cambio supone una consolidación de buenas prácticas que ya forman parte de una manera responsable de trabajar. Para el conjunto del mercado, representa un paso adelante hacia un sector más fiable y mejor estructurado.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Seguro de responsabilidad civil obligatorio</h3>



<p>Entre los requisitos previstos por la ley para la inscripción en el registro figura la necesidad de <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-423#a5-5">acreditar una garantía o un seguro de responsabilidad civil profesional</a>. Esta exigencia tiene un efecto directo sobre la protección del cliente, ya que aporta cobertura frente a posibles daños o perjuicios derivados de la actividad de intermediación.</p>



<p>Más allá de la obligación legal, este tipo de cobertura es una señal de seriedad. Refleja una forma de trabajar basada en la responsabilidad y en la voluntad de ofrecer al cliente un servicio respaldado también desde el punto de vista profesional.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Garantías financieras y transparencia</h3>



<p>La ley también exige acreditar determinados requisitos de solvencia, lo que contribuye a reforzar la confianza en quienes operan en el mercado residencial andaluz. Esta previsión encaja con una lógica muy razonable: en operaciones de alto valor económico, la transparencia y las garantías no deberían ser opcionales.</p>



<p>Para el cliente, este marco aporta tranquilidad. Para la agencia profesional, representa una oportunidad de diferenciarse por la calidad, la claridad y la solidez de su servicio.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Registro o control de profesionales inmobiliarios</h3>



<p>La creación de un registro obligatorio mejora la identificación de los profesionales que ejercen la intermediación inmobiliaria en Andalucía. Esto facilita un mayor control del sector y permite al consumidor relacionarse con operadores sujetos a un marco legal más definido.</p>



<p>En definitiva, este registro no debe verse solo como una exigencia administrativa, sino como una herramienta para elevar el nivel del mercado y reforzar la confianza en la actividad inmobiliaria.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Cómo afecta la nueva ley de vivienda a compradores e inversores</h2>



<p>Para quienes desean comprar una propiedad en Andalucía, ya sea para residir, invertir o diversificar patrimonio, la nueva ley de vivienda aporta un entorno más ordenado y previsible.</p>



<p>No significa que desaparezcan todos los riesgos propios de una operación inmobiliaria, pero sí que el proceso pasa a descansar en profesionales más identificados, con mayores exigencias de transparencia y sujetos a un marco de actuación más claro.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Mayor seguridad en las operaciones inmobiliarias</h3>



<p>La principal consecuencia para compradores e inversores es una mayor seguridad jurídica. Cuando la intermediación se desarrolla dentro de un marco regulado, la operación gana en claridad y el cliente dispone de más herramientas para valorar con quién está trabajando.</p>



<p>Esto resulta especialmente importante en mercados activos y competitivos como el de la Costa del Sol, donde una buena decisión inmobiliaria depende no solo del inmueble, sino también de la calidad del asesoramiento recibido.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Más profesionalización del sector inmobiliario</h3>



<p>La nueva regulación también contribuye a elevar los estándares del sector. Exigir formación, identificación y garantías impulsa una evolución positiva del mercado y favorece a las agencias que trabajan con visión de largo plazo.</p>



<p>Para el cliente, esta profesionalización se traduce en una mejor experiencia: más información, mejor acompañamiento y menos incertidumbre a lo largo del proceso.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Importancia del asesoramiento profesional</h3>



<p>Ante cambios legislativos de este tipo, contar con asesoramiento profesional deja de ser una ventaja secundaria para convertirse en una necesidad real. Comprar o vender una vivienda implica revisar contratos, documentación, cargas, situación urbanística y otros aspectos que requieren experiencia y criterio.</p>



<p>Por eso, trabajar con profesionales especializados permite tomar decisiones con mayor seguridad, evitar errores y afrontar la operación con una visión más completa y mejor protegida.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Por qué trabajar con una inmobiliaria en Estepona para comprar propiedad</h2>



<p>Comprar una propiedad en la Costa del Sol no consiste solo en encontrar una vivienda atractiva. También implica entender el mercado, evaluar correctamente cada oportunidad y moverse con seguridad dentro del marco legal vigente.</p>



<p>En ese contexto, contar con una inmobiliaria en Estepona aporta una ventaja clara: conocimiento local, acompañamiento cercano y una visión profesional capaz de unir el componente comercial con el jurídico.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Conocimiento del mercado inmobiliario local</h3>



<p>Una inmobiliaria local conoce el comportamiento del mercado, la evolución de los precios, las zonas más demandadas y el tipo de producto que mejor encaja con cada perfil de comprador.</p>



<p>Ese conocimiento permite orientar mejor la búsqueda y tomar decisiones más informadas. En un mercado tan diverso como el de Estepona y su entorno, disponer de esa mirada local puede marcar una diferencia importante en el resultado final de la operación.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Asesoramiento legal en la compra de propiedades</h3>



<p>Toda compraventa inmobiliaria exige revisar documentación, verificar la situación del inmueble y entender bien cada paso del proceso contractual. Cuando además existen cambios normativos relevantes, este acompañamiento cobra todavía más valor.</p>



<p>Contar con una agencia que no solo comercializa propiedades, sino que también acompaña al cliente con una visión legal y estratégica, permite afrontar la compra con más tranquilidad y con menos margen para imprevistos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Gestión segura de la operación inmobiliaria</h3>



<p>Trabajar con profesionales inmobiliarios reduce riesgos, mejora la coordinación entre las partes y favorece un proceso más ordenado y transparente.</p>



<p>En un entorno regulatorio más exigente, la seguridad en la gestión deja de ser un valor añadido para convertirse en una expectativa lógica. Y precisamente por eso resulta tan importante elegir una agencia que combine experiencia, cercanía y conocimiento profundo del mercado local.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Preguntas frecuentes sobre la nueva ley de vivienda de Andalucía</h2>



<h3 class="wp-block-heading">1. ¿Qué es la Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía?</h3>



<p>Es una normativa aprobada el 16 de diciembre de 2025 que regula distintos aspectos del mercado residencial andaluz e introduce cambios relevantes en la intermediación inmobiliaria.</p>



<h3 class="wp-block-heading">2. ¿A quién afecta la nueva ley de vivienda?</h3>



<p>Afecta directamente a las agencias inmobiliarias y a los profesionales que prestan servicios de intermediación en el sector residencial andaluz. De forma indirecta, también impacta en propietarios, compradores, vendedores e inversores.</p>



<h3 class="wp-block-heading">3. ¿Qué cambia para las agencias inmobiliarias?</h3>



<p>La ley introduce un registro obligatorio, la inscripción mediante declaración responsable y nuevos requisitos relacionados con la cualificación profesional, la solvencia, las garantías y la transparencia en el ejercicio de la actividad.</p>



<h3 class="wp-block-heading">4. ¿Cómo afecta esta ley a quienes quieren comprar una vivienda?</h3>



<p>La normativa busca ofrecer un entorno de mayor seguridad y transparencia, al reforzar la profesionalización de la intermediación inmobiliaria y elevar las garantías durante la operación.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Conclusiones</strong></h2>



<p>La nueva ley de vivienda de Andalucía introduce cambios importantes para el sector inmobiliario, especialmente en todo lo relacionado con la intermediación residencial. A través de medidas como el <strong>registro obligatorio</strong>, la <strong>exigencia de garantías</strong> y un <strong>mayor control profesional</strong>, la Ley 5/2025 avanza hacia un mercado más transparente, más ordenado y con mejores condiciones para el consumidor.</p>



<p>Para quienes desean comprar o vender una propiedad en la Costa del Sol, este nuevo escenario refuerza una idea fundamental: <strong>contar con asesoramiento especializado es más importante que nunca</strong>. Trabajar con una inmobiliaria profesional en Estepona no solo aporta conocimiento del mercado local, sino también una gestión más segura, más clara y mejor adaptada al marco legal vigente.</p>



<p>En <strong>Cabanillas Real Estate</strong> ponemos a su disposición nuestra experiencia, nuestro conocimiento del mercado y un acompañamiento cercano y profesional para que cada operación inmobiliaria se desarrolle con confianza y seguridad. Si está pensando en comprar o vender una propiedad en Estepona o en la Costa del Sol, estaremos encantados de ayudarle.</p>
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		<title>Fianzas de arrendamiento inmobiliario en Andalucía: ¿qué ha cambiado en 2026?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Cabanillas Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Mar 2026 18:22:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Real Estate]]></category>
		<category><![CDATA[deposito fianzas de arrendamiento]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las fianzas de arrendamiento inmobiliario son un elemento clave en cualquier contrato de alquiler. Se trata de una garantía económica que ayuda a proteger al propietario frente a posibles daños, impagos u otros incumplimientos, y que también aporta claridad desde el inicio de la relación contractual. En Andalucía, además, 2026 trae un cambio importante. Con [&#8230;]</p>
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<p>Las fianzas de arrendamiento inmobiliario son un elemento clave en cualquier contrato de alquiler. Se trata de una garantía económica que ayuda a proteger al propietario frente a posibles daños, impagos u otros incumplimientos, y que también aporta claridad desde el inicio de la relación contractual.</p>



<p>En Andalucía, además, 2026 trae un cambio importante. Con la entrada en vigor de la <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-423&amp;">Ley 5/2025, de Vivienda de Andalucía</a><strong> </strong>desde el <strong>24 de enero de 2026</strong> deja de ser obligatorio depositar la fianza en la Junta de Andalucía para los nuevos contratos. A partir de esa fecha, el propietario pasa a custodiarla directamente durante la vigencia del arrendamiento.</p>



<p>En este artículo te explicamos cómo funciona ahora la fianza, qué ocurre con los contratos anteriores y qué deben tener en cuenta propietarios e inquilinos en Andalucía y en la Costa del Sol.</p>



<p>👉 <em><strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/nueva-ley-de-vivienda-de-andalucia-26mzfg/">Nueva ley de vivienda de Andalucía</a></strong>: ¿qué cambia para las inmobiliarias? ¡Enterate en nuestro último artículo!</em></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué son las fianzas de arrendamiento inmobiliario?</h2>



<p>La fianza en un contrato de arrendamiento inmobiliario es una cantidad de dinero que el inquilino entrega al propietario al inicio del alquiler como garantía del cumplimiento de sus obligaciones.</p>



<p>En los contratos de vivienda habitual, esta fianza es obligatoria y está regulada por la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003&amp;">Ley de Arrendamientos Urbanos</a>. Su función principal es cubrir posibles desperfectos en la vivienda, deudas pendientes o incumplimientos contractuales al finalizar el arrendamiento.</p>



<p>En el caso del alquiler de vivienda, la ley establece con carácter general una <strong>fianza legal de una mensualidad de renta</strong>. Es importante no confundir esta fianza obligatoria con otras garantías adicionales que puedan pactarse en el contrato, ya que no cumplen exactamente la misma función ni tienen el mismo tratamiento legal.</p>



<p>👉 <em>¿Estás pensando en <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/comprar-casa-en-espana-siendo-extranjero-26jlfg/">comprar una casa en España siendo extranjero</a></strong>? Conoce qué trámites cambian según tu nacionalidad, cómo gestionar la compra a distancia y qué debes revisar antes de firmar. Léelo en nuestro último artículo.</em></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo funcionaba el depósito de fianzas de arrendamiento inmobiliario en la Junta de Andalucía?</h2>



<p>Antes de la entrada en vigor de la nueva normativa andaluza, el propietario o la agencia inmobiliaria debían depositar la fianza en la Junta de Andalucía mediante el procedimiento administrativo habilitado para ello.</p>



<p>Este sistema hacía que la administración autonómica actuara como entidad depositaria de la fianza durante la vigencia del contrato, centralizando su registro y su posterior devolución cuando correspondía.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Depósito de fianzas de arrendamiento inmobiliario en la Junta de Andalucía</h3>



<p>Hasta este cambio legal, el depósito se realizaba a través del procedimiento oficial de la Junta de Andalucía, tradicionalmente vinculado al <a href="https://www.juntadeandalucia.es/organismos/avra/areas/fianzas/deposita.html">modelo administrativo para depósito de fianzas</a>. Además, este trámite debía hacerse dentro de un plazo determinado desde la firma del contrato.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Objetivo del sistema de depósito</h3>



<p>El objetivo de este sistema era que las fianzas quedaran registradas y custodiadas por la administración pública. De este modo, se buscaba aportar mayor control formal al alquiler y facilitar la gestión de la devolución cuando el contrato terminaba correctamente.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Gestión de fianzas por agencias inmobiliarias</h3>



<p>En la práctica, muchas agencias inmobiliarias se encargaban de realizar este trámite en nombre del propietario. Aunque era una gestión frecuente dentro de los servicios de arrendamiento, suponía también una carga administrativa adicional, tanto para particulares como para profesionales del sector.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué cambia con la nueva Ley de Vivienda de Andalucía 2026?</h2>



<p>La gran novedad llega con la Ley 5/2025, de Vivienda de Andalucía<strong> </strong>que entró en vigor el <strong>24 de enero de 2026</strong>. Desde esa fecha, <strong>dejó de ser obligatorio depositar las nuevas fianzas de arrendamiento en la Junta de Andalucía</strong>.</p>



<p>Esto supone un cambio relevante en la gestión de los alquileres, especialmente para propietarios y agencias inmobiliarias, ya que <strong>desaparece un trámite administrativo</strong> que durante años había formado parte del proceso habitual.</p>



<h3 class="wp-block-heading">El propietario custodia directamente la fianza</h3>



<p>Con la nueva normativa, <strong>el propietario pasa a custodiar directamente la fianza durante toda la vigencia del contrato</strong>. Es decir, la obligación legal de exigir la fianza se mantiene, pero cambia el sistema de custodia.</p>



<p>A partir de ahora, en los nuevos contratos de alquiler, ya no es necesario ingresar esa cantidad en la administración autonómica.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Eliminación del depósito obligatorio en la Junta de Andalucía</h3>



<p>La Junta de Andalucía deja de actuar como entidad depositaria de nuevas fianzas de arrendamiento. En consecuencia, desaparece también la obligación de presentar el ingreso mediante el modelo administrativo que antes se utilizaba para este fin.</p>



<p><strong>Este cambio no elimina la obligación legal de la fianza</strong>, sino únicamente el deber de depositarla ante la administración autonómica en los contratos firmados desde la entrada en vigor de la ley.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Simplificación administrativa para propietarios y agencias</h3>



<p>Desde un punto de vista práctico, esta modificación supone una simplificación administrativa clara. Propietarios y agencias ya no tienen que realizar el depósito de nuevas fianzas ante la Junta, lo que reduce gestiones, documentación y tiempos de tramitación.</p>



<p>En mercados dinámicos como <strong>Estepona y la Costa del Sol</strong>, donde la agilidad en la gestión puede ser especialmente importante, este cambio ayuda a simplificar el proceso sin alterar las garantías legales básicas del contrato.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué ocurre con las fianzas de arrendamiento inmobiliario anteriores a 2026?</h2>



<p>Los contratos firmados <strong>antes del 24 de enero de 2026</strong> mantienen el régimen anterior. Esto significa que las fianzas que ya hubieran sido depositadas en la Junta de Andalucía seguirán gestionándose conforme al sistema previo hasta que corresponda su devolución.</p>



<p>En otras palabras, <strong>la nueva ley no cambia de forma retroactiva la gestión de las fianzas ya depositadas</strong>. Esas cantidades continuarán su procedimiento habitual hasta la extinción del contrato y la solicitud de devolución por parte de quien corresponda.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Garantías adicionales en los contratos de alquiler de vivienda</h2>



<p>Además de la fianza legal obligatoria, en algunos contratos se pactan garantías adicionales para reforzar la protección del arrendador. Sin embargo, en el alquiler de vivienda habitual estas garantías están sujetas a límites legales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Fianza legal obligatoria</h3>



<p>En los contratos de vivienda habitual, <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003&amp;#a36">la ley exige</a> una fianza equivalente a <strong>una mensualidad de renta</strong>. Esta obligación sigue plenamente vigente, también después del cambio normativo andaluz.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Garantías adicionales permitidas</h3>



<p>Junto con la fianza legal, el contrato puede incluir garantías adicionales. No obstante, en los contratos de vivienda habitual la normativa estatal establece que estas garantías no pueden superar <strong>dos mensualidades adicionales</strong>.</p>



<p>Por tanto, en este tipo de arrendamientos, la regla general es clara: un mes de fianza legal más un máximo de dos mensualidades adicionales como garantía complementaria, si así se pacta.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Importancia de redactar correctamente el contrato de alquiler</h3>



<p>En este contexto, redactar bien el contrato es fundamental. Debe quedar claramente especificado qué importe corresponde a la fianza, si existen garantías adicionales, en qué supuestos pueden aplicarse y cómo se gestionará su devolución al finalizar el arrendamiento.</p>



<p><strong>Contar con asesoramiento profesional ayuda a prevenir conflictos y a dar seguridad tanto al propietario como al inquilino</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Por qué contar con una inmobiliaria en Estepona para gestionar el alquiler?</h2>



<p><strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/gestion-de-patrimonio-inmobiliario-25agev/">Gestionar correctamente el patrimonio inmobiliario</a></strong> implica mucho más que encontrar inquilino. También exige conocer la normativa vigente, redactar adecuadamente el contrato, documentar el estado de la vivienda y actuar con seguridad en todo lo relacionado con la fianza y las garantías.</p>



<p>En este escenario, contar con una <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/">inmobiliaria especializada en Estepona</a></strong> puede marcar una diferencia importante.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Asesoramiento legal y normativo actualizado</h3>



<p>Una agencia inmobiliaria profesional se mantiene al día de los cambios legislativos que afectan al alquiler. Esto es especialmente importante en momentos como el actual, en los que Andalucía ha modificado el sistema de depósito de fianzas.</p>



<p>Disponer de asesoramiento actualizado permite evitar errores y aplicar correctamente la normativa vigente en cada contrato.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Gestión segura del contrato de arrendamiento</h3>



<p>Una <strong>inmobiliaria</strong> también puede encargarse de preparar contratos bien redactados, explicar con claridad las obligaciones de cada parte y gestionar la fianza de forma ordenada y transparente.</p>



<p>Esto aporta tranquilidad al propietario y también mejora la experiencia del inquilino, al reducir malentendidos y reforzar la seguridad jurídica de la operación.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Mayor seguridad en la gestión de propiedades</h3>



<p>Delegar la gestión del alquiler en profesionales ayuda a minimizar riesgos legales, agilizar procesos y proteger mejor la rentabilidad de la propiedad.</p>



<p>En zonas como Estepona y la Costa del Sol, donde el mercado inmobiliario exige cada vez más profesionalización, contar con una agencia especializada es una forma eficaz de gestionar el arrendamiento con mayor confianza.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Preguntas frecuentes sobre las fianzas de arrendamiento inmobiliario</h2>



<h3 class="wp-block-heading">1. ¿Es obligatorio depositar la fianza en la Junta de Andalucía?</h3>



<p>No, en los nuevos contratos firmados desde el <strong>24 de enero de 2026</strong> ya no es obligatorio depositar la fianza en la Junta de Andalucía.</p>



<h3 class="wp-block-heading">2. ¿Qué ocurre con las fianzas de arrendamiento inmobiliario depositadas antes de 2026?</h3>



<p>Las fianzas depositadas con anterioridad continúan gestionándose por el sistema anterior hasta su devolución.</p>



<h3 class="wp-block-heading">3. ¿Cuántos meses de fianza se pueden pedir en un alquiler?</h3>



<p>En vivienda habitual, la ley exige <strong>un mes de fianza obligatoria</strong> y permite solicitar <strong>hasta dos mensualidades adicionales</strong> como garantía complementaria.</p>



<h3 class="wp-block-heading">4. ¿Quién devuelve la fianza al finalizar el contrato?</h3>



<p>En los contratos actuales firmados tras la entrada en vigor de la nueva normativa andaluza, la devolución corresponde al propietario, una vez revisado el estado de la vivienda y comprobado el cumplimiento de las obligaciones del contrato.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Conclusiones sobre fianzas de arrendamiento inmobiliario</h2>



<p>Las fianzas de arrendamiento inmobiliario siguen siendo una garantía esencial en los contratos de alquiler. La principal novedad en Andalucía en 2026 es que desaparece la obligación de depositar las nuevas fianzas en la Junta de Andalucía, pasando su custodia directamente al propietario.</p>



<p>Este cambio simplifica la gestión de los alquileres para propietarios y agencias, pero no altera las obligaciones legales básicas en materia de fianza, ni tampoco los límites aplicables a las garantías adicionales en vivienda habitual.</p>



<p>Por eso, seguir contando con un buen asesoramiento profesional continúa siendo clave para formalizar contratos claros, seguros y adaptados a la normativa vigente.</p>



<p>En <strong><a href="https://www.cabanillasrealestate.com/">Cabanillas Real Estate</a></strong>, ayudamos a propietarios e inversores a gestionar sus alquileres en Estepona y en la Costa del Sol con cercanía, conocimiento del mercado local y una atención profesional orientada a la seguridad jurídica de cada operación.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.cabanillasrealestate.com/blog/fianzas-de-arrendamiento-inmobiliario-26mzfg/">Fianzas de arrendamiento inmobiliario en Andalucía: ¿qué ha cambiado en 2026?</a> se publicó primero en <a href="https://www.cabanillasrealestate.com">Cabanillas Real Estate</a>.</p>
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